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Información General | 12 jul 2018

"Un acto cargado de simbolismo"

El Museo de La Plata restituyó los restos de nueve indígenas Qom a una comunidad de Chaco

Este jueves al mediodía, el Museo de la UNLP restituyó los restos de nueve individuos qom a la Colonia Aborigen Napalpí de Chaco que se presentó como comunidad reclamante. Los restos eran de aborígenes fusilados a fines del siglo XIX durante la "Campaña del Chaco".


La ceremonia contó con la participación del vicepresidente del Área Académica de la Universidad Nacional de La Plata, Martín López Armengol; el decano de la Facultad de Ciencias Naturales y Museo, Ricardo Etcheverry; la vicedecana, Clara Paleo, la directora del Museo de La Plata, Silvia Ametrano; el doctor Nicolás Torres por el INAI y el antropólogo especialista en restituciones Fernando Pepe, además de docentes, estudiantes y miembros de otras comunidades de pueblos originarios.

La “Colonia Aborigen Napalpí” fue creada en 1911 por un decreto del entonces presidente Roque Sáenz Peña y está ubicada en los departamentos Veinticinco de Mayo y Quitilipi de la provincia del Chaco. Según datos estadísticos oficiales se trata de una de las mayores comunidades indígenas de la Argentina.

El pedido de restitución fue respaldado por el Consejo de Participación Indígena de Chaco y de Buenos Aires como también de las comunidades del Pueblo Qom y las autoridades del Concejo Consultivo y Participativo de los Pueblos Indígenas de la República Argentina.

En el acto que se desarrolló este jueves al mediodía en el Museo, se restituyeron los restos humanos de un hombre fallecido en el Hospital militar de Buenos Aires en 1893, un “Cacique” donado por el Luis Jorge Fontana, un joven llamado “Pichón” fusilado a los 24 años en 1887, los restos del cacique “León”, muerto en 1887 por las tropas argentinas y un Qom N.N. fusilado en 1886 en Resistencia.

También se encuentran los restos de “Petizo”, fusilado en 1886 en Resistencia, el Cacique “Löwöreraik” (El Quemado), asesinado por el comisario de esa misma ciudad en 1887, y otros dos cuerpos sin identificar.

Durante la ceremonia en la que se firmaron las actas de restitución correspondientes, Silvia Ametrano reafirmó el compromiso de la institución que dirige con los reclamos de las comunidades y aseguró que los actos “cargados de simbolismo son una forma de reparación hacia los pueblos originarios”.

El acto fue presenciado por referentes de la Colonia Aborigen Napalpí que destacaron la “buena voluntad” del Museo y sus especialistas para avanzar durante el proceso de reconocimiento de los restos.

Los datos originales sobre los restos figuran en Catálogo de la Sección Antropológica del Museo de La Plata, elaborado por el científico Robert Lehmann-Nitsche en 1910.

Estos restos restos humanos formaron parte de las primeras colecciones del Museo de La Plata. El momento de obtención de los restos mencionados se corresponde con las últimas décadas del siglo XIX, período vinculado con los procesos de avance y control militar y político del territorio comprendido entre los ríos Pilcomayo, Paraguay, Paraná y Salado y sobre sus poblaciones aborígenes, proceso denominada “Campaña del Chaco” que se inició una vez finalizada la Guerra del Paraguay.

En 1870, las hoy denominadas provincias de Chaco y Formosa, así como Chubut, Misiones, Neuquén, La Pampa, Río Negro, Santa Cruz y Tierra del Fuego fueron incorporados al Estado Nación en calidad de Territorios, tuteladas por altos mandos militares y relacionados con una elite política e intelectual que favoreció el proyecto de ocupación legitimado bajo los ideales de la civilización y el progreso.

Esencialmente, estos procesos son el resultado de una serie de debates complejos, basados en la aplicación del Código de Deontología para Museos del ICOM, que indica que un museo debe “responder con diligencia, respeto y sensibilidad a las peticiones formuladas por las comunidades de las que proceden restos humanos” para que sean retirados de la exposición al público, sugiriendo una respuesta igual ante las peticiones de devolución con políticas que establezcan claramente el procedimiento de respuesta para esos reclamos.

A su vez, las restituciones se encuentran amparadas por la Ley 25.517 sancionada en el año 2001, que explica en su artículo primero que “los restos mortales de aborígenes, cualquiera fuera su característica étnica, que formen parte de museos y/o colecciones públicas o privadas, deberán ser puestos a disposición de los pueblos indígenas y/o comunidades de pertenencia que lo reclamen”.

Como resultado de todas estas legislaciones, disposiciones y recomendaciones, el Museo de La Plata fijó en el año 2006 las pautas de un nuevo esquema de tratamiento para los restos humanos que se encuentran en la institución, el retiro de exhibición todos los restos de origen americano, el análisis de los pedidos de restitución de los mismo y el ordenamiento de los depósitos a cargo de la División Antropología.

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