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Información General | 13 jul 2019

Provincia

Ritondo rompió el chanchito y por contratación directa equipará vehículos por casi $100 millones

Los datos se desprenden de la Resolución 833 firmada por el ministro de Seguridad y candidato a primer diputado nacional de “Juntos por el Cambio”. El millonario presupuesto será imputado al ítem de “Policía Adicional”.


El ministro de Seguridad y cabeza de la lista de diputados nacionales de la Provincia de “Juntos por el Cambio”, Cristian Ritondo, acaba de firmar la Resolución 833 por la cual invertirá cerca de 100 millones de pesos en equipamiento de vehículos.

La Dirección de Automotores, dependiente de la Dirección Provincial de Logística Operativa de la Cartera de Seguridad, fue la encargada de la gestión del llamado a contratación directa N°33/19, por el cual se contrata la provisión y colocación de equipamiento de seguridad para la flota de vehículos del ministerio de Seguridad de la provincia de Buenos Aires.

De acuerdo con la Resolución 833, el presupuesto asignado es de $99.655.200. En el texto normativo, publicado este jueves en el Boletín Oficial, se aclara que el mecanismo de compra directa está avalado por la ley 15101, sancionada en diciembre pasado, que prorrogó por otro año más la Emergencia en Seguridad solicitada por la Gobernadora ni bien asumió, y que fue declarada por la Legislatura en enero de 2016 gracias a la ley bonaerense 14806.

Es preciso aclarar que en la Resolución firmada el pasado 2 de julio, se deja constancia que los fondos serán imputados a la partida llamada “Policía Adicional”, que fue regulada en 2008 mediante la ley 13942.

De acuerdo con el primer artículo de la mencionada norma, se denomina “Policía Adicional” a la función de seguridad que ejerza el personal de las Policías de la Provincia con carácter de prestación de servicio especial, convenido con organismos oficiales o entidades privadas. Incluye el personal de las policías como a los francos de servicios inscriptos voluntariamente para desempeñar tales tareas.

Por su parte, el artículo 6 de la ley 13942, además, establece que podrán convocarse ante situaciones de mucha demanda de servicio a personal retirado que no supere los 65 años de edad.

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