jueves 28 de marzo de 2024 - Edición Nº -1940

Información General | 30 jul 2019

Desde el 1 de agosto

Se abre la inscripción online al listado de auxiliares de escuelas y ayudantes de cocina

La Dirección Provincial de Gestión de Recursos Humanos de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia informa informó que desde el 1 y hasta el 31 de agosto se realizará la inscripción a los listados de aspirantes a los cargos de porteros de escuela y peones de cocina.


Se abre la inscripción online al listado de auxiliares de escuelas y ayudantes de cocina.

En diálogo con Info BLANCO SOBRE NEGRO, el consejero escolar José Salanitro detalló: “En La Plata hay 440 escuelas y en cada uno de ellos hay auxiliares. Cuando alguno solicita una licencia se debe nombrar un suplente, para eso se realiza un acto público los martes y jueves. El listado se arma con la inscripción de ahora con un orden de mérito y puntaje”.

Y agregó: “En general los requisitos son los mismos en todos los distritos como libre antecedentes penales, de deudor alimentario y buen estado de salud. Es exactamente igual al sistema de ingreso a la docencia”. Aquellos que ya se encuentren incorporados al listado deberán realizar, a partir de la fecha mencionada, podrán inscribirse de modo online con su usuario registrado a través del portal ABC. En caso de no tener usuario deberán registrarse en esta plataforma.

Los nuevos aspirantes

Por su parte, los nuevos aspirantes deberán realizar la inscripción ante el Consejo Escolar correspondiente a su localidad, en forma presencial, pudiendo observar o verificar su inscripción o posterior modificación ingresando a la plataforma ABC a la opción “Autogestión de ingreso como personal de servicio”. La Dirección de Recursos Humanos pone a disposición de los interesados una mesa de ayuda. Es para facilitar las gestiones a realizar en la inscripción.

También es posible comunicarse vía correo electrónico a [email protected], o bien telefónicamente comunicándose al teléfono 0221-489- 4807/4966/4947 internos 249- 250- 254- 255. Posteriormente, en el mes de septiembre, se entregará la documentación que respalda la declaración jurada realizada en la inscripción, pudiendo realizar las correcciones necesarias ante errores de carga. Todos aquellos aspirantes deberán al momento de la toma de posesión del cargo cumplimentar con los requisitos establecidos para admisibilidad e ingreso. Así lo establecen los artículos 2º y 3º Ley 10430 y su decreto reglamentario 4161/96 y modificatorias.

Cabe destacar que la Resolución N° 293 establece que al menos el 4% de los cargos se cubran mediante el Listado de Aspirantes de Personas con Discapacidad. Es en el marco de los lineamientos establecidos en la Ley Nº 10.592. Así también, el 4% de la totalidad de los cargos deberán ser cubiertos mediante el Listado de Veteranos de Guerra de Malvinas. Ello se debe a las normativas provinciales referidas a la protección integral de los Veteranos de Guerra de Malvinas. Por último, el 1% de los cargos deberán ser cubiertos por el cupo trans, según la Ley 14.783.

OPINÁ, DEJÁ TU COMENTARIO:
Más Noticias