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Información General | 24 ago 2014

Descontrolados y condenados (Video)

A dos "guapos" de la noche platense les cayó una fuerte condena por una golpiza brutal

Para los jueces se trató de un intento de homicidio e hicieron lugar al planteo de la fiscal. Los excesos en la noche platense en el foco judicial.


Los dos jóvenes acusados de protagonizar una brutal golpiza en pleno centro de La Plata en agosto de 2009 fueron condenados a 10 y 6 años de prisión al ser encontrados culpables del delito de “tentativa de homicidio” según lo resuelto por el Tribunal Oral Criminal II de La Plata, según se desprende de la resolución a la que accedió Tinta Judicial.

Las penas recayeron sobre Leonardo Caroni (recibió pena única de 10 años porque tenía una condena anterior) y Roberto Vega, a 6 años de prisión. Caroni ya estaba preso, mientras que Vega se encuentra prófugo porque no concurrió a la última audiencia y la pena es de cumplimiento efectivo.

La fiscal Florencia Budiño encuadró el caso como intento de homicidio por el ensañamiento que mostraron las imágenes de las cámaras de seguridad en las que quedó filmado el ataque a Maximiliano Tasternak. Los jueces Liliana Torrisi, Claudio Bernard y Silvia Hoerr hicieron lugar a la petición de la fiscal.
Cabe señalar que la víctima estuvo procesada también por lesiones en perjuicio de Vega, pero se sometió a una suspensión de juicio a prueba (probation). Así evitó sentarse en el banquillo y declaró como testigo del ataque que sufrió cuando se retiró del local, conocido por ser un “after hours”, que funcionaba de 8 a 12, es decir, cuando los boliches nocturnos cierran.

Ana Medina fue la fiscal de instrucción del caso. Para la funcionaria se trató de un caso de intento de homicidio, pero para el juez de Garantías Juan Pablo Masi el hecho debe encuadrarse como lesiones. Tenía razón la fiscal.

En el fallo los jueces consideraron que: “Asistimos a la instauración del exceso como regla, así se naturalizan las llamadas `previas´, reuniones en las que se bebe alcohol antes de concurrir a las fiestas o los `after hour”, donde se continúa con el ya excedido consumo”.

(Fuente: Tinta Judicial)

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