viernes 19 de abril de 2024 - Edición Nº -1962

Información General | 13 jul 2021

Intrusismo laboral

Cómo no caer en la trampa de los falsos odontólogos que publicitan sus servicios en redes sociales e internet

Muchas veces, detrás de una publicidad odontológica hay un profesional no matriculado con un consultorio ilegal.


  Este miércoles, para resguardar la salud de la población, el Colegio de Odontólogos Distrito I informó cómo no caer en la trampa de los falsos odontólogos que publicitan sus servicios en redes sociales e internet. Lo hizo al informar sobre la implementación de un Registro de Publicidad que lanzó para evitar que los pacientes sean víctimas de engaños. Dicho Registro tiene como objetivo lograr un mayor control de las publicidades odontológicas, otorgarles una herramienta de verificación a los pacientes, y también a los matriculados. Ahora estos últimos pueden diferenciarse, claramente, de falsos odontólogos o profesionales que aunque lo sean   ejercen ilegalmente, sin matrícula ni habilitación del consultorio. Con la nueva modalidad, todos los odontólogos matriculados en el colegio que realicen publicidad on line están obligados registrarse. Una vez que lo hagan el Colegio les otorgará un Número de Autorización y Registro de Publicidad (NARP). De este modo, cuando el profesional publicite sus servicios deberá sumar en la publicación el NARP, un número que siempre será el mismo, más su nombre, apellido y número de matrícula.

No caer en la trampa de falsos odontólogos

“Esto ayuda a ejercer un mayor control por parte del Colegio, genera una herramienta de verificación para los colegiados, ya que los separa de quienes realizan intrusismo, y a los pacientes les asegura estar frente a profesionales colegiados”, explicaron desde el Colegio. Al momento de solicitar la autorización, el profesional deberá enviar al Registro un modelo de la publicidad a autorizar (por única vez), captura de pantalla del perfil de la página por autorizar, nombre de red social a utilizar, nombre de la cuenta, titular de la misma y número de matrícula del titular Toda aquella publicidad de servicios odontológicos que no cuente con el NARP, será considerada falsa y podría considerarse un caso de  intrusismo laboral, es decir, el ejercicio de la odontología por un particular que no cuente con la titulación y/o sin la autorización correspondiente. Un profesional colegiado es la persona idónea y capacitada, y  conoce cuáles son las normas de bioseguridad para evitar enfermedades. "Las odontólogas y los odontólogos son las únicas personas capacitadas y habilitadas para atender la salud bucal, diagnosticar y llevar adelante tratamientos", remarcaron desde el Colegio de Odontólogos Distrito I. “Siempre, ante una publicidad de un servicio odontológico, las personas deben chequear que tenga el NARP, el nombre completo del profesional y su número de matrícula”, agregaron desde la entidad.  
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