viernes 19 de abril de 2024 - Edición Nº -1962

Opinión | 24 abr 2020

Opinión

La Corte Suprema y una oportunidad de repensar nuestra institucionalidad

Por Ariel Pasini, ex diputado nacional.




Estamos a la espera del fallo de la Corte Suprema respecto de la acción declarativa de certeza presentado por la Vicepresidenta, en relación la posibilidad de sesionar, votar y conformar la voluntad del Senado por medios electrónicos.

El Procurador de la Corte se ha expedido en un sentido contrario a la petición formulada, en un escrito estructurado alrededor de dos conceptos: no hay causa o controversia, y no hay competencia originaria de la Corte que la habilite a conocer y decidir en la acción planteada.

El tema merece un abordaje jurídico y un debate técnico acerca de los dos puntos, pero entiendo que subyace otro debate respecto de qué institucionalidad queremos.

La Vicepresidenta propuso la apertura de un diálogo entre dos ramas del poder –el Legislativo y el Judicial- de modo de arribar a un consenso inequívoco respecto de la novedosa forma de sanción de leyes por medios electrónicos. El sentido es disipar la eventualidad de un conflicto a futuro, construir seguridad jurídica y brindar certezas respecto del cumplimiento riguroso del procedimiento exigido por la Constitución a la hora de cristalizar la voluntad legisferante del Congreso Nacional.



Es un esquema dialógico y consensualista, por oposición al esquema que se deriva de la posición esgrimida por el Procurador. El Procurador propone lisa y llanamente lo siguiente: que el Senado sesione como quiera, que eventualmente se sancionen y promulguen una y mil leyes, y que la Corte se guarde en la manga la potestad de decidir acerca de la constitucionalidad o inconstitucionalidad del procedimiento sancionatorio .

Es decir que recién dentro de dos años podremos conocer si la votación por medios virtuales constituye un mecanismo válido para la sanción de leyes, aún en el estado excepcionalísimo que atravesamos como consecuencia del COVID-19.

El despropósito es autoevidente, pese al barroco ropaje argumentativo esgrimido para revestir de rigor lo que en verdad representa un dislate institucional generador de una conflictividad innecesaria.

¿Es más razonable construir seguridad jurídica hoy mismo, sin dilaciones, a partir de un mecanismo de consulta entre el legislativo y el judicial o acaso es preferible legislar en el aire a las resultas de un fallo capaz de declarar la invalidez de las leyes sancionadas de modo on line?

La situación de emergencia requiere políticas públicas eficaces, que el Congreso funcione plenamente y que sus decisiones tengan una legitimidad procedimental inobjetable. Resulta razonable el intento de construir certezas a priori antes que lanzarse a la aventura de sancionar leyes sujetas a eventuales tachas de inconstitucionalidad.

Las consecuencias del aislamiento preventivo y obligatorio de toda la ciudadanía, inimaginadas por el constituyente, exigen respuestas tangibles por parte de los poderes públicos, sin razonamientos acartonados disociados de lo que vivimos a diario.

La excepcionalidad invocada para sesionar por medios virtuales es indudable. La necesidad de arbitrar mecanismos novedosos de articulación y cooperación intraestatal, entre distintos poderes, es un imperativo que deriva justamente de la imposibilidad de reunir en términos presenciales a los senadores.

La Corte Suprema es uno de los tres poderes políticos del Estado Federal. No es un cenáculo de doctrina ni un ámbito académico con la función de generar teoría: es una repartición del poder que decide sobre la vida de todos. Por eso es que no deben perderse de vista las consecuencias prácticas de sus decisiones, que jamás son abstractas.

La gravedad institucional derivada de la pandemia nos obliga a repensar nuestra institucionalidad y a concebir nuevas formas de articulación estatal a partir de una lectura dinámica del texto constitucional. El riesgo es quedar atados a esquemas perimidos con olor a naftalina que nada tienen que ver con lo que nos pasa, con nuestros desafíos ni con nuestros anhelos.



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