jueves 25 de abril de 2024 - Edición Nº -1968

Información General | 6 nov 2020

Los jueces Violini y Borinsky

La justicia declaró prescripta la causa por los abusos en el Instituto Próvolo de La Plata

Los jueces Víctor Violini y Ricardo Borinsky hicieron lugar a un hábeas corpus. Ahora sería liberado el único detenido por esta causa.



Los jueces de Casación Víctor Violini y Ricardo Borinsky dieron por prescripta la causa penal y dejaron sin efecto la acusación por abuso sexual y corrupción de menores hipoacúsicos contra los imputados Horacio Corbacho, Nicola Corradi, Eliseo Primati, Horacio Corbacho y Jorge Britez.

Corradi está acusado de abuso sexual simple, agravado por su condición de ministro de culto religioso y encargado de la guarda, por el grave daño en la salud de la víctima y reiterado cuando menos en 3 hechos; y abuso sexual con acceso carnal agravado reiterado en por lo menos 5 hechos. Este sacerdote está detenido por delitos similares en la provincia de Mendoza.

Primati está imputado de abuso sexual simple agravado por su condición de culto religioso, en 3 hechos al menos; exhibiciones obscenas y promoción de facilitación de la corrupción de menores agravada. Se encuentra refugiado en un asilo para ancianos en Italia.



El docente de informática Jorge Britez está imputado de los delitos de "abuso sexual simple, agravado por su condición de guardador o educador; abuso sexual con acceso carnal en 5 hechos y corrupción de menores". Por este fallo quedaría libre en las próximas horas.

Los dos sacerdotes y Britez trabajaban en el Instituto Próvolo de La Plata, ubicado en las calles 47 y 25. La justicia ya había dado por probado que "existieron abusos en el instituto Próvolo La Plata", del que Corradi fue la máxima autoridad desde 1970 a 1997.

Corradi y Corbacho se encuentran detenidos en Mendoza acusados de abusar sexualmente de varios niños hipoacúsicos del Instituto Próvolo de esa provincia.

Los abusos y las torturas según la causa y la declaración de las víctimas se llevaron a cabo entre 1982 y 1993. Los jueces de Casación justificaron su fallo en base a que los delitos son anteriores a la “Ley Piazza”, aprobada en 2015, que determina la imprescriptibilidad de los delitos sexuales.

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