jueves 25 de abril de 2024 - Edición Nº -1968

Opinión | 6 mar 2021

Opinión

No se trata sólo de una reforma judicial feminista, se trata de un cambio de paradigma

El lunes 8 de marzo es el Día Internacional de la Mujer.



En el corto transcurso del año 2021 en Argentina se cometió un femicidio cada 23 horas, según el Observatorio de las Violencias de Género “Ahora Que Sí Nos Ven”. Según los datos de la organización MuMalá, hasta el 28 de febrero se cometieron 47 femicidios; y en el 29% de esos femicidios, la víctima había denunciado previamente a su agresor.

El 94% de las víctimas conocía a su homicida, el 64% se trataba de su pareja o de su ex pareja. Es decir que la gran mayoría de los femicidios ocurren en el seno de una pareja. 

El caso más emblemático fue el de Úrsula Bahillo, de 18 años, quien ya había denunciado previamente dieciocho veces a su agresor, su ex pareja; éste no sólo era de las fuerzas de seguridad, sino que contaba con denuncias similares de otras ex parejas.

Los datos sobre violencia de género nos asustan todos los años, y desde la irrupción del “Ni Una Menos”, en junio del 2015, pareciera que la sociedad y los medios de información se han hecho eco de un padecimiento histórico de las mujeres: la violencia de manos de quienes dicen quererlas. La muerte, en manos de quienes decían protegerlas.

Si bien en los últimos años la lucha de las mujeres ha logrado conquistas trascendentales para lograr la tan ansiada igualdad, hoy no sólo los números de los femicidios, o del aumento de la violencia, indican que seguimos -como sociedad- atados al machismo, sino también los números en tantos otros órdenes de nuestra vida. Allí en donde miremos vamos a encontrar que las mujeres seguimos siendo excluidas de la toma de decisiones y del destino de las políticas públicas para igualar nuestra situación a los varones.

Existe aún latente, además, una exclusión de la que poco hablamos, de la que poco se dice, y en la que se apoya quizás una de las raíces de los mayores problemas de las mujeres víctimas de violencia para acceder a la justicia: según las leyes actuales, los delitos que cometen los hombres contra las mujeres no deben ser juzgados por la justicia penal.

Tanto la ley 12.569 de la Provincia de Buenos Aires, como la 24.417 en Nación, de protección contra la violencia familiar, disponen en su artículo primero que dichas normas se aplicarán para los casos de violencia familiar, entendiendo por tal a toda acción, omisión o abuso que afecte la vida, la integridad sexual, física, psíquica, económica, seguridad personal o dignidad, de una persona en el ámbito del grupo familiar.

También disponen ambas normativas un procedimiento ante los jueces de familia, quienes podrán disponer de una serie de medidas de forma urgente: exclusiones del hogar del agresor, prohibiciones de acercamiento (las famosas “perimetrales”), entre otras.

Pero esa serie de delitos que se describe en el artículo primero de dichas leyes han sido excluidos de su ámbito natural de juzgamiento: el penal.

No existe razón alguna para que los delitos de lesiones leves, graves o gravísimas (muchas de ellas reiteradas), abuso sexual, amenazas, extorsiones, esclavitud, que padecen cientos de mujeres de manos de su pareja, amante, esposo, novio o ex, no sean de intervención directa del fuero penal.

Es que existe un resabio fuertemente patriarcal en el seno de este proceso, que sigue juzgando como una cuestión menor a la violencia ejercida puertas adentro del hogar; sigue existiendo una mirada muy machista que minimiza a la violencia familiar, que sigue creyendo que “algo habrán hecho”, o que “en eso no te metas”.

Parte de empezar a erradicar la violencia contra las mujeres, tiene que ver con esto. Hablar de reforma judicial feminista hoy tiene que ver con esto. Se trata simplemente de empezar a darle el tratamiento judicial que corresponde. Y los delitos deben tratarse en el fuero penal. Y la mujer que sufrió lesiones, hurto, amenazas o abuso, tiene derecho, como víctima, a una sentencia que le reconozca la gravedad de los hechos a los que se vio sometida, y que reconozca su derecho a la verdad.

Hoy, más de veinte años después de su sanción a nivel nacional y provincial, las mujeres, la sociedad, vemos que esta exclusión de juzgamiento de su juez natural, sólo puede responder a una construcción patriarcal en la visión de este tipo de violencia. Que la venda que cubre a la representación de la Justicia no nos tape lo absurdo de esta minimización de los delitos que cometen contra nosotras. Verdad y justicia para tantas asesinadas, para tantos hijos e hijas huérfanas. Para una sociedad que está transitando el camino hacia la deconstrucción.

La reforma judicial feminista no es la creación de comisiones, fueros, fiscalías; hoy debemos bregar por un cambio de paradigma total en la visión de la justicia respecto a la violencia que sufrimos las mujeres para de una vez y para siempre, erradicarla.


Por Julia Marcó, abogada y dirigente de la UCR La Plata

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