

La parte del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 del gobierno nacional que autoriza a cualquier comercio a expender medicamentos de venta libre no se aplicará en la provincia de Buenos Aires por la vigencia de la ley de farmacias.
En su artículo 2, la ley 10.606 establece que "la dispensación al público de medicamentos y material aséptico, solo se efectuará en las farmacias, quedando terminantemente prohibido realizarlo fuera de las mismas, aún cuando se tratara de aquellos de venta sin receta o libre".
🚨El DNU firmado por el presidente nacional y publicado hoy presenta un profundo retroceso en la construcción del sistema que garantiza a través del subsector público, privado y de la seguridad social la salud para nuestra población. Explico como nos impacta👇🏾
— Nicolás Kreplak (@nkreplak) December 21, 2023
Además, la norma establece que "las farmacias, por ser una extensión del sistema de salud, estarán racionalmente distribuidas en el territorio provincial, a fin de asegurar la atención y calidad de su servicio".
La medida, según el ministro de Salud bonaerense, Nicolás Kreplak, impactará "en el precio y en la calidad, anula la consulta con un profesional de la salud y potencia la sobre medicación".
Por otro lado, el DNU también deroga la ley que fomenta la producción pública de medicamentos, algo que según Kreplak destruye "una herramienta central que hoy garantiza soberanía sanitaria".
"Es un verdadero retroceso, un atropello provocador, violento y antidemocrático. La construcción de un sistema que garantice más y mejor salud debe ser de manera integrada entre todos los subsectores. Esto rompe el sistema social, perjudica a la población y beneficia empresas", agregó el funcionario.