

El Centro de Profesionales Farmacéuticos Argentinos - CEPROFAR- rechazó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, que comenzó a regir este viernes.
Entre los motivos de su oposición a la norma dispuesta por el Ejecutivo nacional, la entidad adujo que "la venta de medicamentos no recetados fuera de las farmacias genera riesgo sanitario y automedicación, además de la elevación de los precios".
Además, sostuvieron que disponer que las farmacias funcionen sin profesionales farmacéuticos para realizar y controlar las dispensas "priva a la comunidad de su función esencial en el asesoramiento y seguimiento de los tratamientos, desvirtuando la orientación sanitaria de la farmacia argentina".
También cuestionaron que "los profesionales farmacéuticos podrían ejercer la dirección técnica de más de una farmacia, aún sin estar presentes, realizándose las ventas de medicamentos por auxiliares de despacho".
"Se habilita a las droguerías a entregar medicamentos al público. En la práctica, se fomentaría así la venta desde los laboratorios elaboradores a través de determinadas droguerías, lo que causaría distorsiones en la distribución, a la vez que no permitiría la libre elección por parte de los pacientes para acceder a sus medicamentos", añadió CEPROFAR, que también cuestionó la eliminación de la Agencia nacional de laboratorios públicos por "desalentar la producción pública de medicamentos y su relación con la investigación nacional y pública, esencial para el desarrollo nacional en esta área".
"Lo que pretende imponer el DNU va en contra de objetivos sanitarios y en contra de lo que se recomienda en los países más avanzados para nuestro sector. Propone una mercantilización de las farmacias y considera al medicamento un bien de consumo más puesto en el mercado, sin controles ni regulaciones sanitarias, lo que - dadas las particularidades del sector- resultaría en incrementos de precios y dificultad de acceso para la población", concluyó la entidad sobre la norma, que también establece que en la receta prescripta por el médico se describa sólo el nombre genérico del medicamento y no se especifique la marca comercial.
Por último, vale destacar que en lo relativo a este tema el DNU no va a regir en la provincia de Buenos Aires por la vigencia en este territorio de la ley de farmacias.