jueves 1 de mayo de 2025 - Edición Nº 29.188

Política | 13 mar

La Justicia suspendió los aumentos aplicados a la totalidad de los afiliados de OSDE

Otorgó una cautelar a favor de un afiliado, y extendió los efectos con carácter colectivo a todas las causas de futuros adherentes que se encuentren en las mismas circunstancias.


El Juzgado Federal N°2 de Concepción del Uruguay, a cargo de María Isabel Caccioppoli, dispuso otorgar una medida cautelar a favor de un afiliado a la empresa de medicina prepaga OSDE, y de esa manera ordenó dejar sin efecto los aumentos realizados en aplicación del DNU 70/23.

La maistrada también ordenó que los incrementos sean realizados según lo que prevea la Autoridad de Aplicación, y aplique el artículo 17 de la ley 26.682 hasta que se dicte una sentencia definitiva.

Lo impoortante de la medida cautelar suscripta es que extiende los efectos con carácter colectivo a todas las causas de futuros adherentes que se encuentren en las mismas circunstancias con aumentos de cuotas similares por parte de OSDE.

Eso se debe a que antes de dictar la cautelar, la jueza admitió que la tramitación del expediente sea como amparo colectivo y ordenó su inscripción en el Registro Público de Procesos Colectivos.

En cuanto a la colectivización del expediente, la jueza dispuso que el colectivo se integre por la totalidad de los afiliados de la empresa que se vean afectados por el DNU 70/23.

También aclaró que se deberán dejar sin efecto los aumentos realizados por dicha empresa de medicina prepaga, que deberá limitarse a efectuar los incrementos autorizados por la autoridad de aplicación en los términos del art. 17 de la ley 26.682, y la declaración de inconstitucionalidad del DNU 70/2023.

La causa fue iniciada por una persona de 69 años de edad que se encontraba afiliado hacía 30 años a OSDE. La cuota que se encontraba abonando en el mes de diciembre de 2023 al mes de marzo de 2024 sufrió un incremento del 86,8%. En ese marco junto al inicio de la acción de amparo se solicitó una medida cautelar para que suspendiera los aumentos en forma inmediata.  

Vale aclarar que el DNU 70/23 modificó el marco regulatorio de las empresas de medicina prepaga y de las obras sociales (Ley Nº 26.682), 

 

La medida cautelar

 

  Cautelar OSDE by Blanco Sobre Negro on Scribd

 

 

 

 

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