

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOCF) N°8 condenó hoy al falso abogado Marcelo Sebastián D'Alessio a 13 años y 6 meses de prisión, por ser miembro de dos asociaciones ilícitas que operaron entre mediados de 2016 y febrero de 2019.
Una de ellas realizaba acciones de inteligencia ilegal y extorsiones -entre otros delitos- y otra cuyo objetivo era llevar a cabo operaciones internacionales de lavado de activos por sumas millonarias.
También fueron condenados otros cinco imputados, entre ellos dos exagentes de inteligencia, a penas de entre 9 años de prisión efectiva y 3 años en suspenso. Lo hicieron famoso los periodistas Alejandro Fantino y Daniel Santoro en épocas de resonantes denuncias durante la gestión de Mauricio Macri.
En el debate, que se prolongó a lo largo de un año y diez meses -se inició el 12 de septiembre de 2023-, intervinieron el titular de la Fiscalía General Nº8 ante los TOCF de la Capital Federal, Marcelo Colombo, y el auxiliar fiscal Miguel Yivoff. El tribunal estuvo integrado por las juezas Sabrina Namer (presidenta) y Gabriela López Iñiguez y el juez Nicolás Toselli.
En sintonía con el pedido del MPF, el TOCF 8 condenó al principal imputado, D’Alessio (55), a 13 años y 6 meses de prisión por los delitos de asociación ilícita (en calidad de miembro) y violación a la Ley de Inteligencia Nacional (participe primario). Además, como miembro de otra asociación ilícita conformada para realizar maniobras de lavados de activo de origen ilícito; extorsión (coautor); cuatro hechos reiterados de extorsión (en grado de tentativa); coacción (coautor) y tenencia ilegal de armas de guerra (como autor, por el secuestro de un revólver marca Smith & Wesson calibre Magnum .357 en su domicilio).
Por el único delito por el que el falso abogado fue absuelto, fue el de encubrimiento, por prescripción de la acción penal. D'Alessio, para quien la fiscalía había pedido una pena de 15 años de prisión y que se encuentra detenido en el Complejo Penitenciario Fedeal I de Ezeiza, ya había sido condenado en 2021 por el TOCF N°2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la pena de 4 años de prisión por tentativa de extorsión en perjuicio del empresario Gabriel Traficante.
En tanto, los exagentes de inteligencia R.O.B y R.H.B. (sus identidades están resguardadas por la Ley de Inteligencia), recibieron penas de 9 años y 6 meses y 6 años de prisión, respectivamente. Ambos fueron considerados coautores penalmente responsables del delito asociación ilícita en calidad de miembros y de violación de la Ley de Inteligencia Nacional, en calidad de autores. Además, a R.O.B se lo condenó como miembro de la segunda asociación ilícita conformada para realizar maniobras de lavados de activo de origen ilícito, por extorsión (coautor) y coacción (coautor), y a R.H.B se le probó el delito de extorsión en calidad de coautor, en grado de tentativa, reiterado en dos oportunidades.
"Solo lo conozco periodística mente" Daniel Santoro (Clarín) refiriéndose a Marcelo Dalesio, preso por extorsionar. pic.twitter.com/7Foewkm3CS
— marcelo cosin (@CosinMarcelo) February 26, 2019
A su vez, el licenciado en sistemas Pablo Leonardo Bloise (58), el comerciante Marcelo Patricio González Carthy de Gorriti (60) y el empresario Aldo Eduardo Sánchez (54) recibieron la pena de 3 años de prisión en suspenso, por ser considerados coautores penalmente responsables del delito de asociación ilícita conformada para realizar maniobras de lavados de activo de origen ilícito en calidad de miembro.
Para todos los condenados, el tribunal también dispuso el pago del máximo de la multa del artículo 22 bis de Código Penal.
Por último, resultaron absueltos el excomisario de la policía bonaerense Aníbal Degastaldi (70), el oficial de la Prefectura Naval Argentina Franco Leandro Pini (45) y el boxeador Mariano Rubén Díaz (43).
El TOF dispuso que el próximo 15 de septiembre del 2025 se conocerán los fundamentos de la resolución.
Según lo acreditado en el juicio, la primera asociación ilícita se dedicaba a realizar inteligencia ilegal, en clara violación a la Ley de Inteligencia Nacional. Las maniobras criminales consistían, en la mayoría de los casos, en la obtención, producción y/o almacenamiento de información sobre la vida de diversas personas, a través de fuentes públicas y abiertas como de bases datos de acceso restringido que franqueaban gracias a la colaboración de agentes estatales de diversas reparticiones.
Luego utilizaban la información recabada con diversos fines. En algunos casos, para intimidar a las personas espiadas a fin de exigirles sumas de dinero, bajo la amenaza de ejercer influencia sobre causas judiciales y/o sobre medios de comunicación para instalar un relato que pudiese perjudicarlas o favorecerlas en aquellos procesos.
Para alcanzar sus propósitos, la organización mantenía una red de vínculos con funcionarios del Poder Judicial, del Ministerio Público Fiscal y de las fuerzas de seguridad, así como con periodistas y empresarios. Muchas veces ostentaban esos contactos frente a las víctimas como mecanismo de credibilidad sobre su capacidad de daño y/o influencia.
Mediante esa misma modalidad y con D’Alessio como conductor de las maniobras, el tribunal dio por acreditados trece casos que incluyeron la comisión de diversos delitos (inteligencia ilegal, extorsiones, coacción y tenencia ilegal de arma de guerra, entre otros).
En la primera audiencia de su alegato, realizada el 8 de octubre pasado, el fiscal general Colombo describió el mecanismo de esta asociación ilícita "como un binomio de espionaje ilegal y extorsión" y explicó que para ello contaron “con socios voluntarios” pero también con otros “involuntarios, concentrados en los medios de prensa y en la justicia federal”.
“Porque Marcelo D’Alessio y sus socios usaron a los medios de prensa y al sistema de justica como palanca de fuerza de todas las acciones de espionaje ilegal y extorsiones que fueron produciendo”, agregó.
Colombo afirmó que "había validación de Marcelo D'Alessio en los medios de prensa" y que esa injerencia del falso abogado en el plano mediático "fue funcional para sus extorsiones”.
En paralelo a las actividades de espionaje ilegal, la investigación acreditó la existencia de una segunda asociación ilícita, denominada como el “Grupo Buenos Aires” - de esa forma se llamaba el chat de la aplicación WhatsApp donde se comunicaban-, conformada por D’Alessio, R.O.B., Bloise, González Carthy de Gorriti y Sánchez, que funcionó, al menos, entre el 20 de marzo y el 11 de diciembre de 2018.
En su alegato, Colombo afirmó que sus miembros generaron “una ingeniería financiera a los efectos de que un dinero espurio, de fondos ilegales, podría ser trasladado de jurisdicción en jurisdicción a través de un sistema bancario y de una generación de contactos de oficiales de cuentas sin los necesarios controles y sin las alarmas” que detectan ese tipo de maniobras.
El juicio, que comenzó el 12 de septiembre de 2023, involucró a 106 declaraciones testimoniales y 30 teras de información y documentación digital que pudo ser resguardada y puesta a disposición de las partes, con la colaboración técnica de la Dirección General de Tecnología del Consejo de la Magistratura de la Nación.
En relación con esa documentación, en 2024 el debate fue interrumpido durante tres meses para realizar un estudio pericial sobre las extracciones forenses de los teléfonos celulares secuestrados a D’Alessio, a pedido de las defensas. Finalizado ese peritaje -en el que intervino la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP) del MPF-, se determinó, entre otras cuestiones, que la evidencia digital obtenida de los dispositivos del ahora condenado no había sido adulterada.
El caso que dio origen a esta investigación fue el que involucró al empresario Pedro Etchebest. Según lo acreditado, la organización que integraba D’Alessio le requirió en enero del 2019 la suma de 300 mil dólares a cambio de no quedar involucrado en la causa conocida públicamente como "Cuadernos". En este caso, para concretar su extorsión a la víctima, D'Alessio y la organización alegaban tener vínculo con funcionarios judiciales.
Las maniobras intimidatorias hicieron que Etchebest entregue 14.700 dólares en dos locales gastrónomos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, suma -o su equivalente en moneda nacional-, que el tribunal hoy ordenó restituirle a la víctima, en otro de los puntos dispositivos de la sentencia.
Fuente: fiscales.gob.ar