

El gobierno nacional actualizó este lunes el régimen del Monotributo, cuyo tope máximo de facturación anual pasó de 82 millones a 95 millones. La medida coincide con la publicación del nuevo índice de inflación del primer semestre, que modifica automáticamente las escalas del Impuesto a las Ganancias y los valores del Monotributo, según lo establecido por la ley.
Con la actualización de valores, la categoría más baja (A) de un tope de 7.813.063 a 9 millones de pesos anuales, mientras que la categoría más alta se ajustará de 82.370.281 a 95 millones de pesos anuales.
En tanto, las cuotas mensuales también subirán entre un 15,3 y un 15,6 por ciento, incremento que regirá desde agosto de 2025 hasta enero de 2026:
Categoría A, que pagaba 32.221, se elevará a más de 37.000 pesos.
Categoría B, que pagaba 36.679, ascenderá a más de 42.000 pesos.
Desde la categoría C en adelante, los valores varían según se trate de venta de bienes o de servicios, pero el ajuste será el mismo para todos: la inflación acumulada en el primer semestre.
Según se informó, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitará en los próximos días el sistema para realizar la recategorización, una vez que se publique el nuevo índice de precios al consumidor (IPC). El plazo para realizar el trámite vence el 5 de agosto.
Deberán recategorizarse todos los monotributistas que hayan cambiado su nivel de ingresos, consumo energético, superficie del local o alquileres en los últimos 12 meses. El trámite se realiza con clave fiscal a través del sitio web de la AFIP.
No tendrán que hacer ningún trámite aquellos que mantengan su categoría o lleven menos de seis meses de actividad. En caso de omitir la recategorización, ARCA puede realizarla de oficio si detecta inconsistencias entre gastos, compras o movimientos bancarios y el tope de ingresos declarado.
Por último, además del anuncio sobre el monotributo, el mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias también subirá. Pasará de 2,3 millones a 2,6 millones de pesos mensuales para trabajadores solteros sin hijos. En el caso de un trabajador casado con dos hijos, pasará de 3 millones a casi 3,5 millones.
También se incrementarán los montos máximos deducibles por gastos como los salarios del personal doméstico, la educación de los hijos y el alquiler de la vivienda. Estas deducciones deben registrarse mediante el Formulario F572Web en el sistema Siradig Trabajador. Sobre el excedente del Mínimo No Imponible, las alícuotas progresivas van del 5 al 35 por ciento.