sábado 26 de julio de 2025 - Edición Nº 29.188

Información General | 25 jul 2025

Juzgado Criminal N°3 de La Plata

Kreplak le concedió la prisión domiciliaria a la contadora acusada de liderar una asociación ilícita

No obstante, le prohibió a Foresio ejercer su profesión de contadora pública.


El Juzgado Criminal y Correccional Federal N°3 de La Plata, a cargo del juez Ernesto Kreplak, le concedió la prisión domiciliaria a Natalia Foresio, la contadora procesada por su presunta participación como jefa de una organización criminal para evadir el pago de impuestos.

Si bien el magistrado sostuvo que los fundamentos para mantener la prisión preventiva siguen vigentes, consideró que el cumplimiento de esa medida podía adecuarse mediante estrictas condiciones y con ello reducir el nivel de afectación a los derechos de la imputada sin poner en riesgo el proceso penal.

El juez explicó que la naturaleza cautelar —no punitiva— de la prisión preventiva permite ser revisada en cualquier etapa del proceso. Para hacerlo, se apoyó en el estándar de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que exige que toda privación de la libertad antes de una condena firme debe cumplir con los principios de excepcionalidad, necesidad, idoneidad, proporcionalidad y revisión periódica.

Uno de los elementos que pesó en la decisión fue la conducta procesal que Foresio demostró en una experiencia anterior de detención domiciliaria transitoria. En ese período, según Kreplak, la imputada cumplió con todas las restricciones, pese a no contar con tobillera electrónica ni otro dispositivo de control, y sabiendo que la medida era provisoria. No se fugó, no ocultó pruebas ni tomó contacto con testigos o coimputados. 

El magistrado también remarcó que la investigación penal avanzó considerablemente desde el dictado de la prisión preventiva: se llevaron a cabo allanamientos, se recibieron declaraciones indagatorias a otros imputados y se aseguraron pruebas relevantes. En este contexto, disminuyó el riesgo de entorpecimiento, ya que las principales medidas de prueba fueron cumplidas en su momento.

Finalmente, el funcionario judicial también analizó la declaración de una persona cuya identidad se mantiene en reserva, presuntamente víctima de violencia por parte de la organización. Ese testigo declaró el 26 de mayo pasado que los hechos sufridos no estaban vinculados con Foresio, sino con su expareja.

En ese marco, Kreplak concluyó que, si bien persiste la necesidad de mantener la medida cautelar, los riesgos procesales pueden neutralizarse adecuadamente con una prisión domiciliaria estrictamente controlada.

Por ese motivo, el juez le prohibió a Foresio ejercer su profesión de contadora pública, prohibición de contacto con testigos o coimputados, rondines policiales aleatorios, restricción del uso de dispositivos electrónicos, y eventual colocación de una tobillera electrónica sin conexión a internet, entre otras medidas.

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