

La Municipalidad de La Plata desplegó en los últimos días un amplio operativo en distintos puntos del centro para combatir la actividad ilegal de “trapitos” o “cuidacoches”, en cumplimiento de la ordenanza municipal N° 9.127, que prohíbe este tipo de prácticas en todo el Partido.
Los procedimientos fueron realizados por la Secretaría de Control Urbano y Convivencia, con el acompañamiento del área de Seguridad municipal y la Policía Bonaerense.
Las tareas se llevaron a cabo en distintas zonas del centro, incluyendo las calles 5 entre 50 y 51, 50 entre 9 y 10, 49 entre 4 y 5, y 6 entre 48 y 49. También se intervino en 51 entre 4 y 5, 51 entre 1 y 2, y 49 entre 6 y diagonal 80.
Además, se efectuaron detenciones en los casos en que los infractores se negaron a acatar la orden de retirarse en 47 entre 7 y 8, 49 entre 9 y 10, 50 entre 9 y 10, 5 entre 50 y 51, y 49 entre 4 y 5.
¿Qué dice el artículo 214 del Código de Convivencia (Ordenanza N° 12.170)?
El que ofreciera cualquier servicio, a excepción del regulado por el artículo 215, a quien se encuentre en el interior de vehículos, cuando estos se detengan en los semáforos, que pudieren poner en peligro su propia integridad física o afectaren al tráfico en la vía pública, serán sancionadas con multa de cincuenta (50) a mil (1000) módulos.
¿Qué dice la ordenanza 9127?
Queda prohibida en el Partido de La Plata, la actividad de cuidadores de coches en la vía pública, rentada o gratuita, en todas sus formas y bajo cualquier denominación que se utilizare (como por ejemplo: cuidador de autos, cuidacoches, ayudantes, estacionadores o lavacoches).