domingo 7 de diciembre de 2025 - Edición Nº 29.188

Información General | 21 oct 2025

Plan de lucha

Los no docentes universitarios de La Plata realizan un paro este martes

Este miércoles serán los docentes quienes realicen medida de fuerza.


La Asociación de Trabajadores de la Universidad de La Plata (ATULP) realizan este martes 21 de octubre un paro de 24 horas "ante el incumplimiento por parte del Poder Ejecutivo nacional de promulgar la Ley de Financiamiento Universitario en el Boletín Oficial y dar cumplimiento a la misma".

Si bien el gobierno promulgó este martes las leyes de Financiamiento Universitario (Ley 27795) y Emergencia Pediátrica (Ley 27796), suspendió su aplicación hasta que el Congreso de la Nación delimite el financiamiento e incluya las partidas en el presupuesto nacional. 

De esta forma, los no docentes se suman al plan de lucha de los docentes universitarios, que realizarán un paro de actividades durante este miércoles 22 de octubre. 

Aprobada en agosto pasado, la Ley de Financiamiento Universitario tiene por objeto garantizar la protección y el sostenimiento del financiamiento de la educación universitaria pública en todo el territorio de la República Argentina.

Según lo establecido en el artículo 3° de la norma, el Poder Ejecutivo deberá actualizar al 1º de enero de 2025, según la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) en el período comprendido entre el 1º de mayo al 31 de diciembre de 2024, el monto de los gastos de funcionamiento de las universidades públicas correspondientes a las actividades presupuestarias. 

Además,  tendrá que actualizar los salarios de los docentes y no docentes de las universidades públicas entre el período 1º/12/2023 hasta la sanción de la presente ley, en un porcentaje que no puede ser inferior al Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) en el mismo período. Este aumento se hará efectivo al mes siguiente de la publicación de la presente ley en el Boletín Oficial.

Finalmente, al mes siguiente a la sanción de la mencionada ley, el gobierno deberá convocar con carácter obligatorio a la negociación paritaria, con una periodicidad que no podrá exceder los tres meses calendarios, asegurando en todos los casos y tramos de la negociación una actualización mensual no inferior a la inflación publicada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). La convocatoria deberá ser abarcativa del personal docente y no docente.

 

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