La Justicia de La Plata resolvió una demanda por daños y perjuicios y obligó a la Municipalidad a indemnizar a un vecino por un accidente sufrido durante los trabajos de poda.
La sentencia, dictada por la magistrada a cargo del Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1, María Fernanda Bisio, concluyó que existió responsabilidad municipal y estableció una indemnización de más de 10 millones de pesos.
Las actuaciones judiciales se iniciaron con la demanda interpuesta por un hombre que dijo haber sufrido graves lesiones físicas y psicológicas luego de que un tronco cayera sobre su pierna izquierda durante labores municipales de recolección de escombros y poda de árboles en diciembre de 2021.
El accidente se produjo, según la presentación, cuando el demandante se encontraba frente a su domicilio y observó que personal municipal utilizaba un tractor con garra para levantar troncos sin que la zona estuviera debidamente señalizada ni aislada.
La víctima detalló que el operario municipal pidió colaboración a los vecinos, incluida la suya, para acelerar los trabajos y a la vez solicitó alejar a un grupo de menores que se encontraba próximo al lugar.
Fue en ese momento que uno de los troncos se desprendió de la máquina e impactó contra la pierna del denunciante, lo que le provocó fractura de tibia y peroné, además de una serie de secuelas físicas y psíquicas, de acuerdo a las constancias judiciales.
Por ese motivo, el vecino debió ser derivado de urgencia a una clínica y tuvo diversas complicaciones, entre ellas una importante limitación funcional y daño neurológico. Una pericia determinó una “incapacidad física parcial y permanente estimada en un 38 por ciento”, según informó Capital 24.
El demandante también refirió haber sufrido un trastorno de estrés postraumático, con síntomas como insomnio, depresión, miedo a salir a la vía pública y pesadillas recurrentes vinculadas al accidente. Otra pericia confirmó ese cuadro de incapacidad psíquica parcial y permanente, recomendando un tratamiento psicológico.
En el fuero contencioso de La Plata, la demanda ponderó el reclamo de indemnización por incapacidad física y psíquica, daño moral, gastos de tratamientos, farmacia y asistencia médica.
Por su parte, las defensas de la Municipalidad y el seguro alegaron que el hombre se acercó al lugar del accidente por iniciativa propia, desoyendo advertencias sobre el peligro y mostrando una conducta imprudente.
Finalmente, la sentencia destacó que la Municipalidad debía garantizar que la prestación de servicios como la poda y recolección de escombros se realizara en condiciones de seguridad para la población. Concluyó que el Municipio incumplió con esa obligación y que el daño fue consecuencia directa de esa omisión. La indemnización incluyó seis millones por incapacidad física, un millón y medio por daños psíquicos y dos millones por daño moral.