El Juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal Nº 4 de La Plata embargó a la Provincia de Buenos Aires por 157.164.287.201 millones de pesos para garantizar el inicio de obras destinadas al tratamiento y disposición final de los líquidos cloacales generados por la capital provincial, Berisso y Ensenada.
El juez federal Alberto Recondo ordenó inmovilizar ese monto en una cuenta judicial hasta que el gobierno bonaerense acredite el comienzo de la primera etapa del proyecto de saneamiento.
Según la resolución, el dinero deberá mantenerse en un plazo fijo con renovación automática cada 30 días hasta que se verifique el inicio efectivo de las obras.
El fallo se enmarca en una causa iniciada en 2020 por daños ambientales y en una serie de resoluciones cautelares adoptadas desde 2022, en las que el magistrado había advertido sobre la gravedad de la contaminación del sistema hídrico integrado por el arroyo El Gato, el Río Santiago y el Río de la Plata.
Un informe pericial elaborado por especialistas de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP) incorporado al expediente describió “un grado de contaminación aberrante de todo el sistema”, que se habría convertido en un sumidero de aportes cloacales y residuos urbanos.
El magistrado también destacó que la documentación presentada en la causa evidencia la incapacidad para depurar los residuos cloacales se mantiene desde hace años, lo que reflejaría una omisión persistente del Estado provincial en la implementación de una política ambiental y sanitaria eficaz, según informó 0221.
Vale recordar que en 2022 la Justicia había ordenado que la Provincia incluyera en su presupuesto los fondos necesarios para iniciar la obra de tratamiento cloacal propuesta por la propia administración. Sin embargo, según remarcó el juez, esa medida “no fue cumplida”, lo que motivó la decisión de trabar embargo para asegurar el financiamiento inicial del proyecto.
Recondo rechazó los argumentos vinculados a la falta de recursos del Estado bonaerense. En resoluciones previas había recordado que el costo de la obra representaba apenas el 0,67 por ciento del presupuesto provincial, por lo que la postergación no se explicaría por falta de financiamiento sino por decisiones de asignación de recursos.
En ese marco, la decisión judicial del embargo se adoptó luego de una inspección ocular en las márgenes del Arroyo El Gato y en sectores cercanos a su desembocadura en el Río de la Plata. Allí se constató nuevamente el incumplimiento de las tareas ordenadas, lo que quedó registrado en actas y material fotográfico incorporado al expediente.
Finalmente, el fallo dispuso solicitar asistencia técnica a la Facultad de Ingeniería de la UNLP para evaluar cómo debería ser un sistema mecanizado eficiente de retiro de residuos sólidos en el arroyo y sus márgenes, y eventualmente verificar su correcta implementación.