

Los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Higthon y Juan Maqueda declararon “inadmisible” un recurso de queja presentado por la empresa editora del diario Clarín, Arte Gráfico Editorial Argentino S.A., a través de sus abogados Hernán Frisone y Luis María Novillo Linares. Los magistrados se basaron en el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial Nacional, que no establece la obligación de argumentar la decisión.
INFOJUS detalló el origen de la demanda que interpuso Moyano: "El 26 de julio de 2008, se publicó un artículo en la sección “Semáforo” de ese periódico, un espacio que valora, mediante los colores verde, amarillo y rojo, las buenas, regulares y malas noticias con respecto a distintos personajes. Allí, entre otras cosas, el medio sostuvo que habían allanado “su gremio” y había advertido que “al hijo del líder de la CGT las cosas no le salen como quisiera”.
Además, la publicación afirmaba: “Tras los destrozos que su gremio causó en Autopistas del Sol, ahora la justicia allanó la sede de SUTPBA y secuestró banderas y cámaras de la empresa que se habían llevado ‘prestadas’”. Ante esto, el actual diputado presentó en la justicia civil una demanda por daños y perjuicios contra la empresa editora del matutino: Arte Gráfico Editorial Argentino S.A..
Según el expediente, agregó INFOJUS, Moyano confirmó que el día anterior a la publicación se había realizado un allanamiento pero “con el resultado opuesto, pues no se había encontrado ni secuestrado nada” y que, con esa “falsa imputación de un delito de tal magnitud”, se “violentó su honor e intimidad” y, por eso, pedía una indemnización.
En primera instancia, la jueza Marisa Sorini rechazó la demanda argumentando que esa publicación “no tuvo como centro de referencia, a título personal, al accionante”, es decir, a Moyano. Pero la sala L de la Cámara Civil consideró lo contrario y condenó al diario Clarín a indemnizar al diputado con 25 mil pesos. En esa oportunidad, la justicia entendió que “las expresiones vertidas hacen referencia concreta al actor” porque “la nota periodística incluye la foto y su nombre completo” y, también, “alude a que “las cosas no le salen como [él] quisiera” y menciona a “su gremio” y una “imputación implícita del delito de hurto o robo”.
Por último, el sitio web consignó que “los jueces civiles consideraron que ‘la información sobre los resultados de la diligencia judicial era falsa’ algo que también se corroboró a partir de los resultados de la causa penal. Allí, se confirmó que “no se habían secuestrado bienes en el marco del allanamiento”. Este fallo de Cámara fue recurrido ante la Corte Suprema, donde los magistrados supremos rechazaron los recursos del diario Clarín y confirmaron la sentencia que condenó al medio indemnizar a Moyano.