miércoles 21 de mayo de 2025 - Edición Nº 29.188

Información General | 17 ene

A partir de una denuncia de un actor platense

Para un juez de La Plata, los escraches por violencia de género no configuran delitos por “calumnias e injurias”

El juez en lo Correccional Nº 2 de La Plata, Eduardo Eskenazi, resolvió en ese sentido a partir de una denuncia iniciada por un actor platense que fue escrachado en Facebook por la “Colectiva de Actrices y Técnicas de La Plata por el Aborto Legal”. Para el magistrado, “la red social referida se inscribe como el medio más idóneo para la difusión de información que proteja a las potenciales víctimas de violencia”.


A fines de noviembre, la “Colectiva de Actrices y Técnicas de La Plata por el Aborto Legal” publicó en su página de Facebook un posteo que acusaba al actor y colaborador de la Asociación Argentina de Actores delegación La Plata Agustín Tellechea de incurrir en “distintos tipos de violencia machista” contra varias compañeras.

“Este varón machista ha utilizado el mismo modus operandi con todas sus víctimas con el objetivo de usufructuarlas y violentarlas, manipularlas y aislarlas, violencias que llegan al límite de contagiarlas de enfermedades de transmisión sexual”, expresaba el escrache publicado por la organización. Telechea respondió con una denuncia penal por “calumnias e injurias” contra todas sus integrantes.

Sin embargo, a fines de diciembre, el juez en lo Correccional Nº 2 de La Plata, Eduardo Eskenazi, declaró “inadmisible” la denuncia del actor platense por entender que “las manifestaciones procedentes atribuidas a la parte querellada constituyen asuntos de interés público”. La legislación vigente en torno a los delitos de “calumnias e injurias” establece que “las ideas, opiniones y juicios de valor no puedan ser objeto de sanción cuando tienen relación con un asunto de interés público”.

“Esto por cuanto el contenido de los hechos denunciados se refiere a la violencia desplegada contra mujeres en sus dimensiones física, psíquica, económica y sexual. A mi criterio, la ratificación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer por parte de nuestro país ha importado su compromiso de desplegar los esfuerzos necesarios a fin de actuar con la debida diligencia de para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer”, aseguró el magistrado en su fallo.

Y agregó: “Es por ello que considero que la problemática vinculada a la violencia de género ha pasado a revestir el carácter de interés público, y con ello, la protección de la mujer frente a cualquier tipo de violencia dirigida hacia ella, por su sola condición de tal, merece una particular protección frente a los compromisos asumidos por el Estado Argentino”.

Pero el juez fue más allá y en su sentencia consideró que “en este contexto, la red social referida (Facebook) se inscribe como el medio más idóneo para la difusión de información que proteja a las potenciales víctimas de violencia, sirviendo asimismo como un disparador para aquellas mujeres que de otra manera no habrían tomado dimensión del menoscabo a su integridad, siendo publicaciones como las que se encuentran en análisis reparadoras en sí mismas”.

Tellechea también fue denunciado penalmente por al menos un caso de violencia de género. Según pudo averiguar Info BLANCO SOBRE NEGRO, la conducción central de la Asociación Argentina de Actores (AAA) que interviene la filial local desde hace más de cinco años no tomó ninguna medida formal contra el afiliado y colaborador del gremio.

El actor acusado no presentó una apelación por lo que el fallo de primera instancia quedó firme. De todos modos, puede intentar alguna acción en los fueros civil y comercial. “Ténganse en cuenta que las mentadas manifestaciones, si bien pueden no ser ciertas, o bien pueden ser ofensivas, han sido excluidas del ámbito de la sanción penal por relacionarse con asuntos de interés público, situación que no impide que quien pudiera sentirse agraviado por las expresiones allí formuladas ejerza otro tipo de acciones en el fueron correspondiente”, concluye la sentencia de Eskenazi.

“El Juez Eduardo Esquenazi con esta sentencia crea para todas las mujeres un precedente legal ejemplar que nos ampara en este proceso histórico, rompiendo con la complicidad machista.NO van a gozar del privilegio de nuestro silencio nunca más. Estamos hermanadas y dispuestas a acabar con este sistema opresor”, celebraron desde la Colectiva.

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