

La Corte Suprema de Justicia de la Nación se expedirá en el primer trimestre sobre la constitucionalidad de una agenda de temas que casi nadie esperaba.
Analizará temas propios de la agenda de sectores "progresistas" como el cultivo de cannabis medicinal, el derecho al olvido, la preservación de especies en peligro y los conflictos de los corredores inmobiliarios, entre otros.
Hay que señalar que este primer acuerdo del año entre Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti se da a conocer después de que el martes pasado hubo una marcha al Palacio de Tribunales para exigir su renuncia.
Según confirmaron distintas agencias de noticias, los ministros de la Corte acordaron convocar a 37 audiencias durante la primera parte del año para analizar y fijar una posición que afectará no solo a la causa analizada sino también a centenares de expedientes.
El presidente del tribunal, Horacio Rosatti, durante una entrevista ya había adelantado a fines de 2021: “Tenemos una agenda para el año que viene. Nos gustaría decir que trataremos eutanasia, libertad de expresión, fecundación asistida, derecho de propiedad, propiedad de los pueblos originarios. Los grandes temas".
La Corte tratará el cuestionamiento a la constitucionalidad de la exigencia de someterse a un programa estatal de investigación experimental como condición para acceder de manera gratuita al aceite de cannabis y sus derivados con fines medicinales (algo previsto en el artículo 7 de la Ley 27.350 - de Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados). Además, se cuestiona la prohibición del autocultivo para consumo medicinal para menores de edad.
El máximo tribunal analizará el pedido de bloqueo de información disponible en internet, en URLs específicas, que aluden a la privacidad de los recurrentes por hechos del pasado.
Se propone resolver un pedido en favor de la preservación del hábitat de especies en peligro de extinción junto con la suspensión de la explotación productiva en la zona involucrada, en el marco de lo previsto por el artículo 41 de la Constitución.
Analizará los conflictos sistémicos suscitados entre los colegios de corredores y las empresas que brindan servicios complementarios a la actividad inmobiliaria, respecto de los alcances de la actividad profesional en cuestión. La profesión de corredor inmobiliario esta regulada tanto por la Nación como por las provincias y, a su vez, los mencionados conflictos afectan a toda la categoría de profesionales.