jueves 1 de mayo de 2025 - Edición Nº 29.188

Información General | 3 may

Mercado Libre y otros 16 proveedores fueron imputados por presunta publicidad engañosa

Podrían ser pasibles de sanciones de hasta cinco millones de pesos


La Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje en Consumo de la Nación imputó a Mercado Libre y a otros 16 proveedores que operan en la plataforma e-commerce por presunta publicidad engañosa.

La imputación se realizó porque las empresas publicitaban productos para los y las consumidoras con la posibilidad de pagarlo en cuotas sin interés cuando en realidad tendrían un precio mayor que pagando al contado.

A partir de una investigación de oficio, el organismo público detectó que muchos productos promocionados con la posibilidad de abonar en cuotas sin interés tendrían publicaciones gemelas del mismo producto y del mismo proveedor pero sin la posibilidad de pagar en cuotas sin interés, cuyo valor al contado era menor.

La fiscalización fue realizada en los meses de febrero y marzo de 2022, cuando fueron encontradas publicaciones en Mercado Libre en las que se observaban ofertas destacadas con mensajes y promociones como “descubrí un universo de descuentos hasta 40 % - hasta 12 sin interés” o “hasta 50 % off y 12 sin interés”, entre otras.

Según la Dirección nacional, se habría inducido a las y los consumidores a la creencia de que se estaba ofreciendo la posibilidad de abonar productos en cuotas sin interés cuando no sería cierto ya que las publicaciones en cuotas tendrían un precio mayor, lo que configuraría un presunto incumplimiento a los artículos 4 y 7 de la ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor.

Dicha norma obliga a todo proveedor a suministrar en forma cierta, clara y detallada información veraz sobre todo lo relacionado con las condiciones de comercialización de los bienes que provee y sobre las modalidades, condiciones o limitaciones de la oferta que emite.

"El derecho a la información implica que la o el consumidor debe ser enterado en forma cierta, detallada y veraz de las características del bien o servicio que se le ofrece, a fin de que pueda decidir en forma libre y razonada si desea acceder a él o no", indicaron fuentes oficiales.

Por último, cabe destacar que la empresa tiene cinco días hábiles para efectuar su descargo. En el caso de que se acrediten dichas conductas se podrán aplicar multas de hasta cinco millones de pesos.

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