

La Cámara de Apelaciones de Mar del Plata habilitó este viernes la continuidad del proyecto de exploración de hidrocarburos "offshore" a 300 kilómetros de la ciudad.
De esta forma, se dejó sin efecto la medida cautelar dictada por el juez de primera instancia, Santiago Martín, así como también se ordenó la profundización de una serie de recaudos como la elaboración de un Estudio Ambiental Acumulativo y que el Estado nacional dicte una nueva Declaración de Impacto Ambiental que tenga en cuenta ese nuevo estudio que deberá hacerse.
La Cámara también solicitó que se de efectiva participación a la Administración de Parques Nacionales a fin de que se expida sobre la incidencia que podría tener el tema sobre la Ballena Franca Austral, que se incluya como órgano administrativo de control al Ministerio de Ambiente de la Nación y no solamente al Ministerio de Energía, y que se tengan en cuenta las audiencias celebradas en Mar del Plata y la efectuada a nivel nacional de forma virtual.
La resolución de segunda instancia destacó el informe del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo PesqueroI (NIDEP) y las “medidas de mitigación de impacto” a las que se obliga la empresa “Equinor”, y sostuvo que no puede advertirse una situación de riesgo o peligro inminente sobre las especies marinas involucradas”. Los amparos habían sido presentados por el intendente Guillermo Montenegro y por una organización de ambientalistas autoconvocados.
Cabe destacar que, mediante una resolución publicada en el Boletín Oficial el último día hábil de 2021, el gobierno nacional habilitó la ejecución de estudios geológicos que servirán para que un consorcio de empresas petroleras -integrado por la noruega Equinor, asociada con YPF y la anglo-holandesa Shell- analice la presencia de hidrocarburos en el lecho marino correspondiente a la zona denominada Cuenca Argentina Norte, en pozos ubicados a unos 300 kilómetros costa afuera de Mar del Plata.
El 12 de enero, el intendente de General Pueyrredón Guillermo Montenegro interpuso la acción de amparo a efectos de que se declare la nulidad de la Resolución N° 436/2021 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable.
A través de este pedido, se solicitó como medida cautelar la suspensión de los efectos de la aprobación otorgada hasta tanto el organismo correspondiente “genere y provea la información conducente” para poder determinar si se configura riesgo ambiental, los alcances del mismo, si se ponen en peligro los recursos ictícolas que sustentan gran parte de la actividad económica de la ciudad y la evaluación integral del impacto socio económico de la actividad en relación a la estructura productiva del Municipio de General Pueyrredon.
En febrero, el Juzgado Federal N° 2 de Mar del Plata, a cargo de Santiago Martín, dictó la medida cautelar a raíz de las presentaciones del intendente Montenegro y la Organización de Ambientalistas Autoconvocados, para que se suspenda la explotación petrolera offshore a 300 kilómetros de la costa de la ciudad.
Una semana después, el juez federal Alfredo López dejó sin efecto, a modo suspensivo, la medida cautelar dictada por Santiago Martín. El magistrado había hecho lugar así a los recursos de apelación interpuestos por el gobierno nacional y las petroleras involucradas.
Por su parte, el 18 de mayo cerró la consulta popular que buscaba “recoger las inquietudes y observaciones de la ciudadanía” respecto de los proyectos denominados. Opinaron vía web 1.387 personas en la primera consulta y 727 en la segunda. En el caso del proyecto “Pozo Argerich-1”, cuyo objetivo es la perforación de un pozo hidrocarburífero exploratorio en aguas profundas, 315 kilómetros al este de la ciudad de Mar del Plata, 45,25 % de los 727 participantes consideró que la información provista por Equinor era “muy clara y suficiente” y el 22,83 %, “clara y suficiente”.
En cuanto al proyecto de registro sísmico planeado para el bloque CAN 102 del mar Argentino, a 270 kilómetros de Mar del Plata, el 42,47 % de las 1.387 personas que participó en la consulta indicó que la información brindada por YPF para su trabajo en el área es “muy clara y suficiente” y el 19,39 % “clara y suficiente”.