jueves 1 de mayo de 2025 - Edición Nº 29.188

Información General | 24 sept

La Dirección de Defensa del Consumidor de La Plata acusó a Netflix de imponer "cláusulas abusivas"

Dictó una medida preventiva para ordenar a la plataforma que "cese de manera inmediata" con este tipo de actuaciones.


La Dirección de Defensa del Consumidor de La Plata llevó adelante actuaciones de oficio contra la plataforma Netflix y diversos planes de ahorro de autos en la ciudad por considerar que "impusieron cláusulas abusivas para consumidores y usuarios".

En virtud de las denuncias recibidas contra la plataforma estadounidense, la Dirección dictó una medida preventiva para ordenar a Netflix que "se abstenga y cese de manera inmediata las cláusulas abusivas".

"El 22 de agosto, cuando Netflix cambió los términos de uso, se efectuaron diversas denuncias en la oficina, debido a que sus cambios fueron totalmente arbitrarios y vulneran la libertad de elección del consumidor”, explicó la titular del área comunal Rosario Mendoza Peña.

Al respecto, la Dirección envió una notificación escrita a la empresa y la intimó a que en cinco días hábiles se abstenga de imponer dichas cláusulas o plantee qué medidas tomará.

Cabe destacar que la plataforma de contenidos decidió que ya no se podrá utilizar la cuenta de usuario y contraseña fuera de la casa del consumidor sin pagar, lo que a juicio del área municipal viola la ley de protección de datos personales.

En relación a las denuncias contra planes de ahorro para comprar autos, el área municipal señaló que durante el año 2022 fueron recibidas más de 50 denuncias por "cláusulas abusivas".

Según plantearon los usuarios, una vez conformado el contrato de adhesión entre el consumidor y la empresa oferente se les imponía que eligieran entre cinco aseguradoras y contraten un seguro.

“Esta situación se considera una cláusula abusiva ya que la ley de Defensa del Consumidor propone que las condiciones siempre deben facilitar los pasos a los consumidores, usuarios y, por otro lado, limitan la libre elección y la libertad de contratación, en este caso concreto, de seguros”, explicó la Dirección de Defensa del Consumidor.

Cabe resaltar que la multa para las aseguradoras que no cumplan con lo ordenado alcanzan hasta los cinco millones de pesos, según lo estipule el Juez de Faltas conforme al artículo 49 de la ley nacional 24.240.

“En la aplicación y graduación de las sanciones previstas en la ley, se tendrá en cuenta el perjuicio resultante de la infracción para el consumidor o usuario, la posición en el mercado del infractor, la cuantía del beneficio obtenido, el grado de intencionalidad, la gravedad de los riesgos o de los perjuicios sociales derivados de la infracción y su generalización, la reincidencia y las demás circunstancias relevantes del hecho”, concluyó el área municipal.

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