viernes 2 de mayo de 2025 - Edición Nº 29.188

Información General | 13 feb

La Provincia imputó a OMINT S.A. por no garantizar el acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo

Según la cartera a cargo de Augusto Costa, la empresa obstaculizó la práctica, demoró el trámite y la atención a la paciente.


El Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica bonaerense imputó a la empresa de medicina prepaga OMINT S.A. de Servicios por no garantizar el acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) de una paciente afiliada a su institución, incumpliendo la Ley Nacional de Defensa del Consumidor N° 24.240 y la Ley Nacional Nº 27.610 de acceso a la IVE,

Según la cartera a cargo de Augusto Costa, la empresa obstaculizó la práctica, demoró el trámite y la atención a la paciente, no brindó información clara y precisa, no garantizó el trato digno y equitativo e incumplió con las condiciones y modalidades de prestación del servicio de medicina prepaga contratado.

Vale destacar que, una vez realizada la denuncia, la Dirección Provincial de Defensa de los Derechos de las y los Consumidores y Usuarios acompañó en su reclamo a la persona gestante quien, finalmente, accedió al derecho al aborto por intermedio del sistema de salud público de la provincia.

"De esta manera, y habiendo realizado dentro del marco del procedimiento, traslados a la empresa de la denuncia efectuada y celebrado dos audiencias conciliatorias sin acuerdo, se procedió a imputar a la empresa de medicina prepaga Omint de Servicios S.A por presuntas infracciones a lo establecido por la Ley Nacional de Defensa del Consumidor, con el fin de garantizar los derechos de las y los consumidores", concluyó el Ministerio.

 

¿Cuáles son los requisitos para acceder a la IVE?

 

  • En casos de violación, la persona tiene que firmar una declaración jurada, nunca es necesaria una denuncia judicial o policial de la violación para acceder a la práctica médica.
  • En los casos en que el embarazo ponga en peligro la salud o la vida, además de la firma del consentimiento informado por parte de la persona gestante, el equipo de salud debe constatar y hacer constar en la historia clínica esa situación de salud.
  • Firmar el “consentimiento informado”. El consentimiento es el proceso por medio del cual una persona, tras recibir toda la información necesaria y tomar una decisión, autoriza o no al profesional de la salud para realizarle una práctica sanitaria. Está enmarcado en los principios de autonomía de las personas, confidencialidad, privacidad y acceso a la información.

Para más información, consultas o en caso de inconvenientes, se encuentra disponible la Línea salud sexual 0800 222 3444.

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