

Por: Diego Fernández Camillo
Durante las últimas semanas se habló mucho sobre la ley de alquileres. Luego de tanto silencio oficial por parte del gobierno nacional, recién en el día de ayer se aclaró que la ley sigue vigente. Ahora bien, ¿qué es lo que debemos saber y que podríamos pensar para perfeccionarla y que ayude a cada inquilino e inquilina bonaerense?.
La ley de alquileres nos da el beneficio de no tener que buscar alquiler prácticamente todos los años, ya no son solo 2 años de alquiler.
La legislación vigente exige que sean 3 años de alquiler para quienes alquilamos como casa de familia. Dicha reglamentación no tiene en absoluto nada que ver con los pisos contractuales iniciales. ¿Qué significa esto? Esto representa el hecho de que el valor del alquiler al principio del contrato (cuando uno se acerca a alquilar una casa o departamento que vio y le gustó/conviene) lo ponen las inmobiliarias y sus propietarios y propietarias. Un dato no menor es que desde que existe la ley actual, dicho pisos han aumentado en un 600 % .
Ejemplo de lo citado anteriormente: un monoambiente de 30 M2 aproximadamente en la ciudad de La Plata, en Agosto de 2020 tenía un valor inicial de entre los 8.000-11.000 pesos, actualmente tiene un precio mínimo de 60.000 pesos.
Algo importante a tener en cuenta, es que lo que marca la ley, es una devolución del depósito a valor actualizado. Esto significa que la devolución del mismo será a valor del último mes de alquiler. ¡Que no nos devuelvan con el valor de los primeros meses de contrato!
El precio de actualización que debemos pagar en nuestro Hogar que alquilamos es anual, nunca debemos dejar que nos aumenten cada 6 meses ni cuestiones parecidas. Si nosotros y nosotras como inquilinas el día 1 de febrero de 2023 entramos a nuestra casa alquilada, debemos recién el 1 de febrero de 2024 pagar el aumento.
El incremento anual que vamos a abonar, es una cuenta que se hace mediante la página del Banco Central de la República Argentina. A continuación, te muestro en imágenes y el link para que puedan acceder: https://www.bcra.gob.ar/publicacionesestadisticas/Principales_variables_datos.asp
(Gráfico 1)
Allí como se ve en el gráfico se deberá poner día de inicio y día en el cual se cumplió el año contractual.
Ejemplo (gráfico 2):
Como se puede observar en el gráfico 1 y luego en el 2, a los números con un círculo negro debemos tomarlos para cálculo.
Una vez realizado esto, mediante los índices que nos da el BCRA, suponiendo como en el ejemplo que mencionamos que la fecha de ingreso a mi casa fue el 1/03/2021 y debo actualizarlo al año 1/03/2022, lo que debo hacer es tomar el valor del alquiler al ingreso.
Supongamos que empecé pagando $ 27.000, hay que multiplicarlo por el número que arrojó el índice el 1/03/2022, y dicho resultado hay que dividirlo por el índice que me dio el día de mi ingreso a la casa.
27.000 X 1,82 = 49.140
49.140 / 1,20 = 40.950
Desde las asociaciones de inquilinos, entendemos que la formula para sacar el índice de actualización de nuestros contratos, es elevada, pero sabemos que no depende solamente de dicha forma, donde solo nos ve como consumidores antes que como inquilinas e inquilinos, sino que también los pisos contractuales son muy importantes a la hora de alquilar. ¡Y eso la ley no lo regula!
(El autor de la nota es integrante de la Asociación Platense de Inquilinas e Inquilinos y del Movimiento Nacional de Inquilinos)