viernes 19 de abril de 2024 - Edición Nº -1962

Información General | 11 feb 2021

Los detalles

Podrán no ir al trabajo los adultos a cargo de menores que no tengan día de clases o hagan jornada reducida

Por ahora la medida tiene alcance nacional en el sector privado.



El Gobierno nacional resolvió que los empleadores otorguen licencia a uno de los padres o adultos a cargo de menores para los casos en los que la jornada escolar sea “reducida” o bien no haya clases presenciales durante el día en el marco del ciclo lectivo 2021. Es una resolución del Ministerio de Trabajo que todavía no se publicó en el Boletín Oficial y que dio a conocer Infobae.

La medida es de alcance nacional para el sector privado y señala dos situaciones específicas para el goce de la licencia laboral: los días en que no concurran a clases presenciales en el establecimiento educativo respectivo; y los días que concurran con jornada presencial reducida y no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo correspondiente.

El mencionado portal publicó que la medida establece como pasos a seguir que la persona que utilice la licencia deberá notificar a su empleador la circunstancia desde una declaración jurada con los datos personales del niño; el grado o año que cursa, junto a la información del establecimiento; y una declaración de que su presencia “resulta indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente en los días que no concurran a clases presenciales o no pueda cumplirse la jornada escolar normal”.

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