sábado 18 de mayo de 2024 - Edición Nº -1991

Información General | 2 may 2024

La cuota de referencia de las prepagas para la aplicación de los aumentos máximos será la de diciembre pasado

Lo dispuso la Secretaría de Comercio de la Nación.


La Secretaría de Comercio de la Nación aclaró, a través de un comunicado, que el valor de cuota de referencia de las prepagas para la aplicación de los aumentos máximos será el correspondiente a la cuota de diciembre de 2023, independientemente de su fecha de pago o facturación. Los valores no podrán superar la cuota del plan de salud médico asistencial del último mes del año pasado.

Según Comercio, para calcular el valor máximo de la cuota actual (dependiendo el caso podría ser de abril o de mayo) se deberá aplicar un ajuste de como máximo el 93,3 por ciento para la cuota de abril (es decir la inflación acumulada entre los meses de noviembre a febrero), mientras que para la cuota de mayo se deberá aplicar como máximo un ajuste del 114,6 por ciento (es decir, la inflación acumulada en los meses de noviembre a marzo).

Por ejemplo, si la cuota es de abril se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 1,933 (si la misma se facturó después del 17 abril). Si la cuota es de mayo, se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 2,146.  En el caso de las facturas previas al 17 de abril, el descuento se verá aplicado en la próxima factura.

En tanto, es importante destacar que este mecanismo de ajuste con un límite en la inflación registrada estará vigente por los próximos cinco meses, es decir hasta septiembre.

El alcance de la medida es para todos los asociados de las empresas alcanzadas por la medida de tutela anticipada que dictó la Secretaría de Industria y Comercio a partir del dictamen de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC). Esta medida no discrimina entre usuarios individuales, corporativos y derivados. Las empresas alcanzadas por la medida son: OSDE, Swiss Medical, Galeno, Omint, Medifé, Hospital Alemán, Hospital Británico.

Por otra parte, en caso de que las empresas se nieguen a limitar el ajuste correspondiente, los usuarios se pueden comunicar al 0800-666-1518, que es línea gratuita de la Dirección de Defensa al Consumidor o a [email protected]. Mientras que para formular denuncias, ingresar a www.argentina.gob.ar/defensadelconsumidor

Para finalizar, si se comprueba el incumplimiento por parte de las empresas de medicina prepaga se aplicará una multa diaria equivalente al 0,1% de la facturación del grupo económico, de acuerdo a lo establecido en la Ley 27.442 (Ley de Defensa de la Competencia).

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