sábado 27 de abril de 2024 - Edición Nº -1970

Información General | 12 mar 2021

Todos los detalles

Nación abrió el registro para cultivadores de cannabis: sólo habilita indoor y hasta 9 plantas

El Ministerio de Salud reglamentó el registro para cultivadores y definió algunas limitaciones para la producción y el traslado.



A través de una resolución del Ministerio de Salud publicad este viernes, el gobierno nacional reglamentó el funcionamiento del Sistema de Registro del Programa de Cannabis (Reprocann).

En el Reprocann “usuarios y usuarias de cannabis medicinal" podrán inscribirse "por sí o a través de un representante y obtener autorización para cultivar, para acceder al cultivo a través una tercera persona (cultivador) o a través de una organización civil autorizada a esos efectos".

En adelante, Reprocann "registrará a los usuarios y usuarias que acceden a la planta de Cannabis y sus derivados, como tratamiento medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor, a través del cultivo controlado" lo que les permitirá cultivar, o bien acceder al cultivo a través de un cultivador o de organizaciones autorizadas para este fin.

Para solicitar esta inscripción, que puede realizarse en https://reprocann.salud.gob.ar., es requisito "excluyente" contar con indicación médica de uso de cannabis y sus derivados por parte de un profesional médico.

La resolución estableció, además, que "los usuarios y usuarias que acceden a la planta de cannabis y sus derivados, los terceros cultivadores y los médicos tratantes deberán contar con usuario vigente en la plataforma: Argentina.gob.ar". La autorización que se obtiene a través de la inscripción tendrá vigencia de un año.

En el anexo II, se autoriza el cultivo de entre 1 y 9 plantas florecidas, en hasta seis metros cuadrados en interior. En el exterior no estará permitido cultivar. Además, las personas registradas pueden transportar entre 1 y 6 frascos de 30 mililitros o hasta 40 gramos de flores secas.

"La actualización de tales límites máximos estará a cargo del Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus derivados y Tratamientos No Convencionales", adelantaron.



* Cantidad de plantas florecidas: entre 1 y 9

* Cantidad de metros cuadrados cultivados: hasta 6m2.

* Condición de cultivo: interior

* Condición de cultivo exterior: No está permitido.

* Transporte: entre 1 y 6 frascos de 30ml o hasta 40 gramos de flores secas

OPINÁ, DEJÁ TU COMENTARIO:
Más Noticias