

El gobierno nacional autorizó el autodespacho de combustible "como modalidad optativa", que será a elección de los expendedores, quienes podrán implementarla en forma total o instalar en su establecimiento solo algunos surtidores.
Según explicó el Ejecutivo en la resolución que publicó este miércoles en el Boletín Oficial, será la Secretaría de Energía de la Nación la que establezca los requerimientos a cumplimentar por quienes deseen implementar la modalidad, en un plazo de 60 días contados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto. Hasta tanto se dicten dichas normas, los interesados en implementarla deberán solicitar autorización a la Secretaría.
Vale destacar que se entiende como estaciones de servicio móviles a los depósitos portátiles autónomos que están totalmente equipados para el transporte y el abastecimiento de hidrocarburos. Pueden utilizarse de forma fija o móvil, con la posibilidad de ser izados o transportados.
"Habilitar como regla la modalidad de autodespacho de combustible permitirá a las estaciones de servicio contar con una posibilidad más para organizar la oferta de sus servicios; incluso podría permitir la fijación de un precio diferenciado más bajo para esta alternativa, con claro beneficio para el consumidor", destacó el gobierno nacional.
"Que el autoservicio de combustibles posibilitará que las estaciones de servicio que actualmente restringen sus horarios comerciales puedan ofrecer un servicio continuo durante las 24 horas del día con un costo operativo menor, lo que resultará especialmente beneficioso para aquellos que necesitan cargar combustible en horarios no convencionales", agregó.