jueves 27 de marzo de 2025 - Edición Nº -2304

Información General | 1 mar 2025

7 y 80 bis

Agentes comunales de La Plata multaron a una distribuidora por "cortar ilegalmente árboles del espacio público"

La empresa deberá reponer las especies.


Agentes comunales de La Plata multaron en las últimas horas a una distribuidora mayorista ubicada en 7 y 80 bis por "cortar ilegalmente árboles del espacio público". 

Según informaron desde la Comuna, la empresa deberá reponer las especies arbóreas y abonar la multa, que será definida por la Justicia de Faltas local.

Días atrás, agentes de la Convivencia y Control Ciudadano y la Secretaría de Ambiente también sancionaron, por lo mismo, a Mora  Café de City Bell, ubicado sobre la Plaza Belgrano de dicha localidad.

Vale recordar que la ley 12.276 prohíbe la extracción, poda, tala y daños de ejemplares del arbolado público, como así también cualquier acción que pudiere infligir algún daño a los mismos.

No obstante, hay algunas excepciones: 

- Decrepitud o decaimiento de su vigor, irrecuperables.

- Ciclo biológico cumplido.

-  Cuando por las causas anteriormente mencionadas se haga factible su caída o desprendimiento de ramas que pudieran ocasionar daños que amenacen la seguridad de las personas o bienes.

-  Cuando se trate de especies o variedades que la experiencia demuestre que no son aptas para arbolado público en zonas urbanas.

-  Cuando interfieran en obras de apertura o ensanches de calles.

-  Cuando la inclinación del árbol amenace su caída o provoque trastornos al tránsito de peatones o vehículos.

- Cuando se encuentren fuera de la línea con el resto del arbolado.

- Cuando por mutilaciones voluntarias o accidentales de diversa índole no se pueda lograr su recuperación.

- Cuando interfiera u obstaculice la prestación de un servicio público.

Ante cualquier duda o reclamo, hay que llamar a la línea municipal 147.

OPINÁ, DEJÁ TU COMENTARIO:
Más Noticias

NEWSLETTER

Suscríbase a nuestro boletín de noticias