

La Sala I del Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires rechazó el recurso de la defensa de Luis Alberto Ramos y ratificó la condena a prisión perpetua por el homicidio calificado por odio a la identidad de género y orientación sexual de Tehuel de la Torre.
El joven trans de 21 años fue visto por última vez el 11 de marzo de 2021, cuando se dirigía a una falsa entrevista laboral con su asesino. Su cuerpo nunca fue hallado.
El fallo, firmado por los jueces Ricardo Maidana y Daniel Carral, validó uno por uno los argumentos del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) II de La Plata, que había dictado la pena máxima.
En primera instancia, el Tribunal Oral en lo Criminal Nro. 2 de La Plata había condenado a Ramos a cadena perpetua por el homicidio agravado en contexto de odio hacia la identidad de género de la víctima, dando por probado que era coautor del homicidio y de la desaparición del cuerpo de Tehuel.
La lectura del veredicto estuvo a cargo de los jueces Claudio Joaquín Bernard, Ramiro Fernández Lorenzo y la jueza Silvia Hoerr. En la misma se citó a la Corte Interamericana de Derechos Humanas y su definición de crímenes de odio, además de jurisprudencia sobre el concepto de "estigma"y a minorías, y se dijo que Ramos "le creaba dependencia económica y se aprovechaba de la vulnerabilidad de la víctima. Llevó su odio al acto de provocar la muerte. Y fue más allá, ocultando su cuerpo".
Por último, vale recordar que Oscar Montes, el otro acusado, aún no fue juzgado, ya que eligió un jurado popular. Montes y Ramos fueron las últimas personas que estuvieron con Tehuel, en la noche del 11 de marzo y la madrugada del 12, como se desprende de múltiples pruebas analizadas en el juicio.