La Corte Suprema de Justicia ratificó este jueves la vigencia de una medida cautelar que exige al Estado Nacional el cumplimiento de dos artículos clave de la Ley 27.795, vinculados al financiamiento universitario.
El máximo tribunal tomó esta determinación al declarar inadmisible el recurso presentado por el Gobierno, argumentando que no se trataba de una sentencia definitiva, lo que mantiene en pie, por el momento, la obligación de aplicar la actualización de haberes para docentes y no docentes, junto con la recomposición de los programas destinados a los estudiantes.
Es importante señalar que esta resolución de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti no altera el escenario económico actual, ya que carece de efectos financieros inmediatos debido a que el Ejecutivo ya había suscripto un acuerdo el pasado 10 de junio.
Dicho arreglo contempla un incremento del 24,33% en la masa salarial, un aumento del 20% destinado a gastos de funcionamiento y una partida extraordinaria de 50.000 millones de pesos para hospitales universitarios. No obstante, la decisión judicial es interpretada por diversos sectores como un respaldo implícito a la validez de la norma.
El origen de este conflicto se remonta a un amparo colectivo presentado por universidades nacionales y el Consejo Interuniversitario Nacional, con el objetivo de anular el decreto 759/2025. Mediante esa norma, el Poder Ejecutivo había condicionado la puesta en marcha de la ley a la previa definición de sus fuentes de financiamiento. Ante este escenario, la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal había ordenado cautelarmente el cumplimiento inmediato de los artículos 5 y 6, que abarcan la recomposición salarial desde diciembre de 2023 hasta la actualidad y el fortalecimiento de las becas estudiantiles.
Para la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, el Estado no logró refutar los argumentos de las casas de altos estudios, advirtiendo que la postura oficial podría causar daños irreparables en el derecho a la educación pública.
Asimismo, el tribunal ponderó que el impacto fiscal de esta medida no representaba un riesgo significativo para el presupuesto nacional. La controversia había escalado previamente a través de distintos estadios, incluyendo el veto presidencial a la ley, la insistencia parlamentaria y la recusación por parte del Gobierno hacia diversos magistrados, intentos que fueron rechazados de manera sistemática por la Corte.
Mientras la causa principal, que discute la constitucionalidad del decreto presidencial, continúa su trámite judicial independiente, el acuerdo del 10 de junio sigue siendo la hoja de ruta operativa. Aquel pacto, sellado entre el Ministerio de Capital Humano, las autoridades universitarias y los sindicatos, permitió recomponer los salarios tomando en cuenta el desfasaje de 2025 y la inflación acumulada hasta mayo, además de sumar un 7% adicional por la pérdida adquisitiva del año anterior.
Paralelamente, se dispuso una actualización del 50% en las Becas Manuela Belgrano y se estableció una instancia de diálogo que se retomará el 15 de septiembre para revisar las paritarias frente a la evolución del índice de precios al consumidor.