martes 21 de julio de 2026 - Edición Nº 29.188

Información General | 21 jul 2026

Tras una resolución judicial

Las petroleras deberán volver a informar con anticipación las subas de combustibles

El fallo fue dictado por el Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 2 de La Plata, a cargo de manera interina de Ramos Padilla.


La Justicia Federal de La Plata declaró inconstitucional una resolución del Ministerio de Economía de la Nación que había eliminado la obligación de las empresas petroleras de informar con anticipación los aumentos en los precios de los combustibles, por lo que deberán volver a comunicar las subas antes de su aplicación.

El fallo fue dictado por el Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 2 de La Plata, a cargo de manera interina del juez Alejo Ramos Padilla, en el marco de un amparo colectivo presentado por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS).

La sentencia declaró la nulidad de la Resolución 717/2025 del Ministerio de Economía, que había derogado la Resolución 314/2016.

Esa norma creó el Sistema en Línea de Información de Precios de Combustibles en Surtidor, implementado durante la gestión del entonces ministro de Energía, Juan José Aranguren, con el objetivo de centralizar y transparentar la información sobre los valores de venta al público en todo el país.

Según el magistrado, la eliminación de esa obligación implicó un retroceso en el acceso de los consumidores a información relevante para tomar decisiones, al afectar el principio de transparencia en un mercado de fuerte impacto sobre la economía cotidiana.

En ese sentido, sostuvo que el Estado debe garantizar mecanismos adecuados para que los usuarios conozcan las variaciones de precios antes de que entren en vigencia.

Durante el proceso, el Gobierno nacional defendió la resolución cuestionada y argumentó que la información sobre los precios seguía disponible a través de otras plataformas oficiales y sistemas digitales, por lo que no existía una vulneración del derecho de acceso a la información. Sin embargo, el juzgado rechazó ese planteo y dejó sin efecto la desregulación.

La decisión judicial restablece la obligación de informar previamente los incrementos de combustibles y vuelve a poner en vigencia un mecanismo destinado a brindar mayor previsibilidad y transparencia para los consumidores.

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