miércoles 14 de octubre de 2026 - Edición Nº 29.188

Información General | 14 oct 2026

Villa Dorrego

Un alumno baleó a otro en una escuela y la víctima sufrió heridas en el abdomen

El caso ocurrió en la Escuela N° 58 “Independencia Argentina”. El joven baleado debió ser intervenido quirúrgicamente.


Un alumno de 18 años fue baleado este miércoles por un compañero de 17 en el baño de una escuela de Villa Dorrego, partido de La Matanza. El joven sufrió heridas en el abdomen y en uno de sus brazos, por lo que fue trasladado de urgencia al Hospital Simplemente Evita de González Catán, donde debió ser intervenido quirúrgicamente.

El caso ocurrió en la Escuela N° 58 “Independencia Argentina”, ubicada en la intersección de las calles Cayetano Donizetti y Esteban de Luca y Patrón. 

Fuentes policiales citadas por el diario La Nación e Infobae informaron las autoridades del establecimiento realizaron un llamado al 911 a las 12.56 horas y un móvil policial llegó al lugar cinco minutos después.

Según trascendió, el estudiante herido fue trasladado por docentes de la institución en un vehículo particular hasta el centro de salud. La víctima presentaba lesiones de arma de fuego en el abdomen y en un brazo. 

El alumno señalado como autor de los disparos, de 17 años, fue demorado dentro del establecimiento. La Policía encontró una pistola calibre .22 que había sido descartada por el adolescente.

Según se supo, antes de ingresar al quirófano el joven herido alcanzó a hablar con personal de enfermería y manifestó que el otro estudiante era su amigo y que estaba mostrándole el arma cuando se le escaparon los tiros. Sin embargo, esa versión todavía no había sido corroborada.

En Argentina, la pena por herir a alguien con un arma de fuego depende del daño causado y de la intención del agresor:

  • Disparo sin herir o con herida leve menor: el Código Penal de la Nación Argentina sanciona en su artículo 104 con 1 a 3 años de prisión a quien disparare un arma de fuego contra una persona sin herirla (esta misma pena se aplica si causa una herida menor, siempre que no constituya un delito más grave). 
  • Lesiones leves agravadas: Si la herida es una lesión leve (artículo 89) pero cometida con el uso de un arma de fuego, la pena base se agrava según las circunstancias. 
  • Lesiones graves: Si la herida causa un debilitamiento permanente de la salud, de un sentido, de un órgano o de un miembro, o una deformación permanente del rostro (artículo 90), la pena es de 1 a 6 años de prisión o reclusión. 
  • Lesiones gravísimas: Si la herida causa una enfermedad mental o corporal cierta o probablemente incurable, la pérdida de un órgano o la incapacidad permanente para el trabajo (artículo 91), la pena es de 3 a 10 años de prisión o reclusión. 
  • Tentativa de homicidio: Si se comprueba que hubo intención de matar (homicidio) y el disparo no causó la muerte por circunstancias ajenas al autor, la pena prevista es la del homicidio en su grado de tentativa (de 8 a 25 años de prisión, reducida por la escala de la tentativa).
  • Portación o tenencia ilegal del arma: Se suma de forma independiente la pena por la portación ilegítima del arma de fuego, que va de 1 a 4 años (si es de uso civil) o de 3 años y 6 meses a 8 años y 6 meses (si es de guerra). 

 

Más Noticias

NEWSLETTER

Suscríbase a nuestro boletín de noticias