miércoles 28 de octubre de 2026 - Edición Nº 29.188

Información General | 28 oct 2026

Tribunal de Casación

Anularon las condenas por falso testimonio en la causa del cuádruple femicidio de La Plata

Los jueces consideraron que las pruebas reunidas no permitían acreditar que ambos hubieran mentido deliberadamente durante sus declaraciones.


La Sala IV del Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires absolvió al remisero Marcelo Alejandro Tagliaferro y a Patricia Elizabeth Godoy, que habían sido condenados por falso testimonio agravado en el marco de la investigación por el cuádruple femicidio de La Plata, ocurrido en noviembre de 2011.

Los jueces consideraron que las pruebas reunidas no permitían acreditar que ambos hubieran mentido deliberadamente durante sus declaraciones. Los testimonios de ambos perjudicaron a Osvaldo Martínez, la pareja de una de las víctimas, quien finalmente fue absuelto.

La sentencia que revisó el rol que tuvieron Tagliaferro y Godoy en la causa que investigó los asesinatos de Bárbara Santos, su hija Micaela Galle, su madre Susana De Barttole y Marisol Pereyra, crimen por el cual fue inicialmente acusado Martínez, había sido dictada el 29 de diciembre del año pasado.

En aquella ocasión, Godoy recibió una pena de 4 años y 6 meses de prisión, mientras que Tagliaferro fue condenado a 7 años de cárcel, en ambos casos con inhabilitación absoluta por el doble del tiempo de la condena.

En aquellas audiencias, el tribunal  reunió la prueba necesaria que permitió reconstruir cómo los testimonios de Tagliaferro y Godoy colocaron falsamente a Martínez en la escena del crimen, contradijeron pericias científicas, registros horarios y declaraciones vecinales y contribuyeron a su detención preventiva y a su exposición mediática.

La resolución dictada ahora hizo lugar a los recursos presentados por las defensas, anuló las condenas impuestas por el Tribunal Oral en lo Criminal IV de La Plata y ordenó la inmediata libertad de ambos, previo cumplimiento de los trámites legales correspondientes.

En el caso de Godoy, se cuestionó, entre otros argumentos, que se hubiera utilizado como argumento en contra de la mujer la supuesta improbabilidad de que caminara sola durante la madrugada por una zona considerada peligrosa. Los jueces entendieron que esa valoración respondía a un estereotipo de género y no podía emplearse como indicio de mendacidad.

Respecto de Tagliaferro, el análisis se concentró en sus declaraciones sobre un hombre que había observado en el domicilio donde ocurrieron los crímenes. Durante la investigación, el remisero aseguró que inicialmente no había podido reconocer su rostro, aunque posteriormente vinculó a esa persona con Martínez, cuya fotografía había visto difundida en los medios de comunicación. Los jueces de Casación entendieron que una identificación equivocada no demuestra necesariamente que el testigo haya mentido de manera intencional.

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