jueves 31 de octubre de 2024 - Edición Nº -2157

Información General | 23 mar 2017

Los gremios lo consideran ilegal

Provincia hizo oficial la posibilidad de que haya clases en vacaciones de invierno por los paros

El director general de Cultura y Educación, Alejandro Finocchiaro, firmó una resolución que establece “la posibilidad de mantener encuentros presenciales con alumnos durante el receso invernal” para recuperar los días de clases perdidos por paro.


La medida fue justificada por "la necesidad de garantizar el pleno ejercicio del derecho a educación, la continuidad pedagógica de aprendizajes y la cantidad de 180 días mínimos efectivos anuales de clases”.

Si el gobierno de Vidal avanza con esta rsolución, los alumnos de las instituciones que no dictaron clases en las jornadas de paro no gozarán de al menos 10 días de las tradicionales vacaciones de invierno.

A principios de marzo el propio funcionario dijo que tomaría esta medida argumentando que el receso invernal “estatutariamente no son vacaciones” e “inclusive, los docentes tienen que estar en la escuela".

Desde Suteba tildaron a la resolución como una “nueva provocación” que modifica el Calendario Escolar “sin la consulta obligatoria al Consejo General de Educación” por lo que la consideran “ilegal”.

“Pone en evidencia la matriz autoritaria del gobierno convirtiéndola en una provocación más que intimida a los docentes en el marco de una discusión paritaria aún no cerrada. Por lo que ya hemos realizado la denuncia correspondiente ante el Consejo General de Educación”, agregaron desde el gremio.

Otro fallo a favor de los gremios

La Jueza María Ventura Martínez, titular del juzgado Contencioso Administrativo Nº 4 de La Plata intimó a la Dirección General de Cultura y Educación a que se abstenga de practicar descuentos por huelga y/o gratificar a quien no lo haga.

“Ambas acciones, analizadas en conjunto, poseen virtualidad suficiente para incidir en el espíritu del trabajador a la hora de tomar la decisión de realizar huelga. Por lo que se entiende un derecho cuando la huelga no fue declarada ilegal. Al operar así sobre la voluntad del trabajador, afectan no sólo su libertad sino, tangencialmente, resultan atentatorias del derecho a huelga”, argumenta el fallo.

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