![La justicia de La Plata ordenó al Registro de las Personas a inscribir al hijo de un matrimonio igualitario](./uploads/noticias/3/2024/06/20240618172358_madres.jpg)
![La justicia de La Plata ordenó al Registro de las Personas a inscribir al hijo de un matrimonio igualitario](./uploads/noticias/4/2024/06/20240618172358_madres.jpg)
En la sesión de este miércoles, el Concejo Deliberante de La Plata aprobó una ordenanza que establece que las líneas municipales del transporte público de pasajeros den cumplimiento con el artículo 54 Inciso C de la Ley Nacional de Tránsito 24.449.
Ese apartado de la legislación vigente establece que “entre las 22 y 6 horas del día siguiente y durante tormenta o lluvia, el ascenso y descenso debe hacerse antes de la encrucijada que el pasajero requiera, aunque no coincida con la parada establecida”.
Y agrega: “De igual beneficio gozarán permanentemente las personas con movilidad reducida (embarazadas, discapacitados, etc) que además tendrán preferencia para el uso de asientos”.
La normativa aprobada por el Concejo además obliga a todas las unidades que prestan servicio para las líneas locales a exhibir una leyenda que comunique este derecho de los pasajeros consagrado por ley en un lugar visible.
Info BLANCO SOBRE NEGRO consultó al secretario general de la UTA La Plata, Oscar Pedroza, sobre esta nueva ordenanza y aseguró: “Este tema es muy viejo y ya es parte de la cultura de los pasajeros y los choferes que son quienes están todo los días arriba del colectivo. Para nosotros no implica ninguna novedad”.
Y agregó: “Quienes se toman el micro todos los días ya saben que tienen derecho a solicitar parada en cualquier cuadra durante la noche y los días de lluvia, la verdad es que no veo necesario que se coloque un cartel”.