domingo 10 de noviembre de 2024 - Edición Nº -2167

Opinión | 24 mar 2021

Opinión

A 45 años del golpe cívico militar, el Estado argentino aún mantiene deudas con la democracia

En la nota, el especialista brinda un análisis de las consecuencias que dejó la dictadura en el plano legislativo. La vigencia de leyes sancionadas en esa noche negra constituyen deudas que la democracia no terminó de saldar.


Para Info Blanco Sobre Negro. Por Juan Ignacio Maurin, abogado penalista del estudio Spoltore-Maurin _____________________ En un nuevo aniversario del inicio de la etapa política más oscura de la República Argentina, cabe vislumbrar que aún se encuentran intactas muchas normativas que se establecieron en aquel período, tanto en lo económico como en lo social.  Se avanzaron en juicios contra represores, pero no se puede olvidar que seguimos lamentando desaparecidos en democracia con las mismas prácticas de aquel aparato represivo. Siguen vigentes en la actualidad más de 400 normas de la dictadura, entre tratados y leyes.  Su derogación no es competencia del Poder Judicial, pero los tribunales tienen la atribución y el deber de examinar las leyes en los casos concretos y contrastar su contenido con el de la Constitución Nacional, cuya aplicación plena se suspendió durante el autodenominado “proceso de reorganización nacional” La ley de entidades financieras es del año 1977 y está firmada por los genocidas Jorge Rafael Videla y el entonces ministro de economía, José Alfredo Martínez de Hoz. Pese a algunas reformas y creaciones de normas complementarias, mantiene su plena vigencia e influencia en la cotidianeidad de nuestra sociedad. Las leyes contienen la exposición de los motivos que justificaron su sanción. ¿Cómo es posible que aquellos, de febrero de 1977 en plena dictadura militar, sean medianamente coincidentes con los que debe perseguir el Estado en democracia? Otra herencia legislativa de la dictadura es el todavía vigente Régimen Penal de la Minoridad. La ley 22.278 fue sancionada en 1980 y establecía la edad de imputabilidad a partir de los 14 años. Fue elevada a 16 años por una reforma de 1983 a finales de la dictadura pero se mantuvo la disposición por la cual un menor puede ser condenado y aplicársele la misma pena que a un adulto. El Estado argentino fue condenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos por sostener la aplicación de este sistema penal que no se condice con los tratados de derechos humanos que tienen la misma jerarquía que nuestra Constitución y lo instó a sancionar un régimen de justicia penal juvenil acorde con las convenciones internacionales sobre derechos de niñas, niños y adolescentes. Al día de hoy se mantiene incumplida esta disposición. En materia estrictamente represiva sobresale la Ley para el Personal de la Policía, que tuvo algunas modificaciones en democracia, pero mantiene el espíritu del texto original firmado por el dictador Videla. Establece que al convertirse en agentes de la fuerza se adquiere un estado policial, distinto del civil, que no se pierde con el retiro ni estando de franco. La portación de arma reglamentaria y la posibilidad de utilizarla en cualquier circunstancia que el funcionario policial lo considere pertinente.  Es inevitable vincular esta disposición con los recientes femicidios cometidos por miembros de las fuerzas de seguridad y con el dato estadístico que señala que la mayoría de los casos de gatillo fácil se dan fuera del horario de servicio y usando el arma reglamentaria. Se mantiene como deuda de la democracia y de todos los poderes del Estado el persistente reclamo por la apertura de todos los archivos de la dictadura. Para conocer qué fue lo que pasó con las personas desaparecidas, poder identificar a las apropiadas y desentrañar la estructura a partir de la cual desarrollaron el terrorismo de estado. Se desarrolló en el plano local y en el internacional el concepto jurídico del “derecho a la verdad”. El Estado argentino también se encuentra incumpliendo obligaciones asumidas en tratados internacionales de derechos humanos en este punto, que no solo implica denegar a las víctimas y familiares de violaciones graves y sistemáticas a los derechos humanos el derecho a conocer lo que realmente aconteció sino a la sociedad en general el derecho de acceder a la verdad de los hechos históricos, a las circunstancias y a los responsables. Por último, a 45 años del golpe cívico militar, vale mencionar el estado de los juicios de lesa humanidad iniciados en 2006 luego de la declaración de inconstitucionalidad y nulidad de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Desde la reapertura de las causas, de acuerdo a la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad, suman 626 causas en trámite en todo el país por delitos del terrorismo de Estado, de las cuales 278 se encuentran en etapa de investigación, 254 tuvieron sentencia, 73 están esperando el juicio oral y 21 se encuentran actualmente con el debate en curso. Fueron 1025 las personas condenadas, que en su mayoría -74%- transitan con arresto domiciliario. La necesidad de modificar sustancialmente los objetivos perseguidos por leyes dictadas durante gobiernos dictatoriales, la importancia de satisfacer el derecho a la verdad de todo el pueblo argentino y el ejercicio de la memoria por medio de los juicios de lesa humanidad que se siguen llevando adelante todos los días, son parte de las acciones que debemos impulsar para aprender del pasado y construir un futuro alejado de la naturalización de la represión estatal. Para que no vuelva a pasar. Nunca más.
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