viernes 26 de abril de 2024 - Edición Nº -1969

Información General | 22 sep 2021

Lo internaron sin su consentimiento por una adicción, escapó por la fuerza y reclama justicia amparado por la ley de salud mental

Ocurrió en una comunidad terapéutica en Villa Elisa. El caso de Chano (Santiago Moreno Charpentier).


 

Por Nicolás Harispe

 

A Franco Ezequiel Corbalan Oreste lo internaron sin su consentimiento, por pedido de su padre. Era adicto a la pasta base y su estado general (en lo laboral, en relación a su salud y en lo concerniente a sus vínculos sociales) empeoraba vertiginosamente.

Lo contó de la siguiente manera: "El 20 de septiembre de 2020, fui ilegítimamente privado de mi libertad, debido a que mi padre junto a la Institución Hogar Proyecto Universal tomaron la decisión de internarme en dicho establecimiento contra mi voluntad y sin mi expreso consentimiento".

Franco asegura que lentamente mientras estaba en una comunidad terapéutica en la localidad platense de Villa Elisa, comenzó a notar que volvía a tener "algo de conciencia".

Al recuperar más autonomía tuvo una reacción que no pudo controlar debido a la abstinencia a las drogas y a la fuerte sedación que había recibido, que lo habían dejado semi inconciente. Con un mancuernazo golpeó a un guardia y escapó del lugar. "A pesar que mi conducta se ajusta al concepto de delito en sentido objetivo, no era consciente de lo que estaba haciendo", explicó más tarde.

Lo imputaron inmediatamente pero el joven lanzó una contraofensiva contra la clínica que lo encerró (amparada por una autorización firmada por el padre) y reclama su derecho a la libertad.

En el escrito que presentaron sus abogados expresó: "Visto que no he tenido oportunidad de utilizar la posibilidad de ejercer mi defensa material como imputado y a sabiendas de lo avanzado que se encuentra el proceso, sin haber podido esclarecer los hechos debido a mi estado de salud mental y física, es que considero que la medida que continúa prolongando mi prisión preventiva es desproporcionada y vulnera ampliamente las garantías constitucionales".

También señaló: "Me mantuvieron ‘sedado’ durante varios días, las dosis de los medicamentos eran tan altas que me fue imposible discernir la realidad". 

"Por otro lado debo hacer hincapié en que fui privado ilegítimamente de mi libertad por los responsables de la clínica, pues se ha diligenciado mi internación de manera involuntaria no habiéndose cumplido ninguno de los requisitos legales que contempla la normativa vigente. La internación involuntaria debe ser excepcional, este requisito profundiza la tutela del derecho a la libertad del paciente, y por otro lado propugna soluciones alternativas al encierro que resultan más eficaces", agregó en el escrito.

El relato del joven remite a decenas de casos como el de Chano Charpentier. ¿Cómo interviene el Estado o particulares allegados ante una situación de esta naturaleza? O mejor dicho, ¿cómo debería hacerlo?

Franco aseguró en el escrito que sus letrados presentaron este lunes,  que durante su estadía en el Centro de Adicciones Proyecto Universal, se le administraron "infinidad de psicofármacos a los fines de que perdiera completamente la conexión con la realidad, utilizándolos como un castigo".

Y aseguró que ese fue "el único procedimiento" en el que se basó su "reahabilitación".

El artículo 14 de la ley de salud mental, como advierten los abogados de la Campaña Nacional contra la Violencia Institucional, establece que: “La internación es considerada como un recurso terapéutico de carácter restrictivo, y sólo puede llevarse a cabo cuando aporte mayores beneficios terapéuticos que el resto de las intervenciones realizables en su entorno familiar, comunitario o social. Debe promoverse el mantenimiento de vínculos, contactos y comunicación de las personas internadas con sus familiares, allegados y con el entorno laboral y social, salvo en aquellas excepciones que por razones terapéuticas debidamente fundadas establezca el equipo de salud interviniente”.

En el caso de Franco, dicen sus defebnsores, "es manifiesto el hecho de que no se han cumplimentado los requisitos establecidos por la Ley de Salud Mental", y que su internación "ha sido arbitraria y ha producido un gran detrimento en su salud tanto física como psíquica".

También señalan que "debe trabajarse en medidas efectivas para las personas con adicciones a sustancias psicoactivas no sean abandonadas en instituciones que carecen de mecanismos suficientes para impulsar su rehabilitación, tomando decisiones que privan a las personas de sus derechos y abusan de medicaciones para contenerlos el mayor tiempo posible encerrados, por la simple finalidad de lucro".

El adicto, es decir, quien debía recibir ayuda, ahora denuncia: "Como corolario a todo lo padecido, me encuentro actualmente enfrentando un proceso judicial, privado de mi libertad y con mi salud desprovista de atención, excluido socialmente, con mis derechos humanos afectados, en especial mi derecho a la vida, a la salud y sobre todo a un trato digno y humano".

Además, sus  letrados señalaron: "La Ley Nacional de Salud Mental insta a que las personas puedan valerse por sí mismas con ayuda de los servicios y apoyos adecuados para tal fin; llevando una vida digna, pensada en su inserción social, siendo la internación involuntaria una medida extrema que acarrea un estigma para el paciente. A sabiendas de que las internaciones pocas veces dan resultados efectivos en los pacientes, dado que las consecuencias del encierro terminan resultando más dañosas".

 

 

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