viernes 26 de abril de 2024 - Edición Nº -1969

Gremiales | 27 sep 2021

El 26 de septiembre se celebró el día del empleado de comercio, ¿qué fue la ley de la silla?

Sancionada dos veces, en 1907 y en 1936


Este 26 de septiembre se celebra el día del empleado de comercio en la Argentina. Habitualmente ese día es no laborable para los empleados del sector, pero por única vez el día de descanso se trasladará al lunes 27 ya que este año la fecha cae domingo.

La conmemoración se estableció mediante la ley 26.541, sancionada en noviembre del 2009. En caso de trabajar la remuneración para quien lo hace corresponde a la de un día feriado, es decir que se le debería abonar al trabajador el día a valor normal más una suma igual, es decir un 100 % más.

Una de las conquistas históricas más recordadas para los empleados de comercio fue la “ley de la silla”, sancionada por el legislador socialista Alfredo Palacios en el año 1907.

Dicha ley, que fue acompañada por tejedoras, alpargateras, trabajadoras del vestido, ,sombrereras, textiles y empleados de comercio, obligaba al empleador a proveer de una silla o taburete con respaldo a sus empleados -de todo rango- para que pudieran descansar en cualquier momento.

Además de convertirse en la conquista de un derecho, también fue un hito de la participación femenina en las luchas sociales.

Cabe recordar que esta cuestión tuvo que ser sancionada dos veces porque, al quedar derogada la ley de trabajo de mujeres y niños en el año 1924, también quedó anulado el artículo que disponía la obligación de las casas de comercio de dar sillas a su personal. Porque se consideró que esa materia debía ser legislada por separado, es decir que la silla debía ser dada a mujeres y niños como a los hombres.

En ese marco, el diputado Pérez Leirós presentó un proyecto de ley al respecto que se convirtió en la ley 12.205, sancionada el 23 de septiembre de 1936.

“Se trata de satisfacer una vieja aspiración de esta gente de trabajo reclamada por entidades gremiales y que ha sido un asunto que ha preocupado a muchos diputados de diversos sectores políticos”, señaló Pérez Leirós en su alocución.

El senador Palacios, autor de la ley en 1907, manifestó que “el carácter humano de este proyecto es tan evidente que los hombres de las más distintas ideologías coinciden en la necesidad de su sanción”.

“Los médicos e higienistas afirman que la permanencia de pie, durante muchas horas, determina trastornos orgánicos. La estación vertical prolongada acentúa las enfermedades del bajo vientre, sobre todo de la matriz, provoca el aborto, produce perturbaciones en la circulación y trae consecuencia la debilidad y la anemia. El estado congestivo de los órganos abdominales, obra principalmente sobre el útero, ocasionando desviaciones de consecuencias deplorables y el aflujo de la sangre a los miembros inferiores, trae enfermedades como las várices y flebitis”, aseguraba el senador socialista.

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