viernes 19 de abril de 2024 - Edición Nº -1962

Información General | 28 jun 2022

Según la Corte Suprema no hay "derecho al olvido" y Natalia Denegri seguirá apareciendo en imágenes del caso Cóppola

Lo resolvió unánimemente en favor del derecho "a la información y la libertad de expresión".


La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó este martes, en forma unánime, la sentencia que favorecía a la empresaria Natalia Denegri en la demanda que presentó contra buscadores de internet en reclamo del llamado "derecho al olvido". El máximo tribunal destacó el derecho a la información y la libertad de expresión.

Denegri posteó en Twitter tras la resolución: "Es una pena ser nuevamente revictimizada y que los medios conocieran la sentencia antes que yo misma. Nuevamente volvieron a pisotear mi nombre, mi imagen y mi familia. Evidentemente es una Corte a la que no les importan las personas, solo las corporaciones". 

Invocando el “derecho al olvido”, Natalia Denegri había reclamado que se quiten de los buscadores de internet las notas y videos que hacen referencia a su vinculación con el denominado “caso Cóppola”. Ahora adelantó que va a recurrir a "organismos internacionales".

En las dos instancias inferiores a la Corte habían avalado el reclamo de Denegri para que el buscador Google retirara escenas, video y reportajes “obtenidos hace 20 años o más”.

Años después de sus apariciones públicas, la empresaria se radicó en Estados Unidos y alegó que el caso le generaba una revictimización y estigmatización, con el argumento de que se había expuesto siendo menor de edad.

La Corte destacó la importancia de la libertad de expresión, el derecho de las personas de emitir y expresar el pensamiento, y el de la sociedad a la información en un estado democrático.

En ese marco señaló que la libertad de expresión comprende el derecho de transmitir ideas, hechos y opiniones a través de internet y los motores de búsqueda, herramienta que se ha convertido en un gran foro público por las facilidades que brinda para acceder a información.

La Corte advirtió que Denegri es una persona pública que se expuso voluntariamente a los programas de televisión que transmitían un caso que tuvo “gran interés público en la sociedad”. Y sostuvo que el paso del tiempo de una noticia o información que formó parte del debate público no justifica su eliminación, porque se pondría en riesgo la historia y el ejercicio de la memoria social que se nutre de los diferentes hechos de la cultura, aun cuando el pasado se refleje como inaceptable para los estándares de la actualidad.

 

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