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Información General | 9 sep 2022

Hipotecados UVA: un fallo de la Justicia lleva esperanzas a las familias afectadas y podría establecer una solución definitiva

Fija como tope de cada cuota el 25% de los ingresos de bolsillo de cada familia, hasta que se resuelva la demanda principal de revisión de los contratos.


Carmen Helena Carbone, a cargo del juzgado de primera instancia en lo civil y comercial  Nº 6 de Posadas, Misiones, dictó una medida cautelar innovativa a favor de tomadores de créditos UVAs. Lo hizo a partir de una demanda interpuesta por el abogado José Bernardo Díaz.

La medida cautelar establece como tope para cada cuota el 25% de los ingresos netos (o sea, de bolsillo) de cada familia hipotecada hasta tanto se resuelva la demanda principal de revisión contractual, y durante un período de negociación de 90 días entre el banco y los tomadores del crédito.

El colectivo autoconvocado Hipotecados UVA destacó la celeridad con la que actuó la jueza, y aseguraron que su intervención resguarda "los derechos y garantías constitucionales" y "los tratados internacionales" con el fin de que se protejan "los derechos de los accionantes y sus familias".

 

 

La jueza destacó como relevante que "se trata de la vivienda, sede de unión y habitación, de desarrollo y crecimiento del núcleo básico de nuestra sociedad, la familia”.

También la magistrada hizo mención a las Directrices de las Naciones Unidas para la Protección del Consumidor (cfme. Resolución N° 70/186 de la AG, 22/12/2015) que establecen, en su parte pertinente, que “[l]os Estados Miembros deben, según proceda, establecer o fomentar:

  1. a) Políticas para la regulación y la aplicación efectiva de las normas en el ámbito de la protección del consumidor de servicios financieros [...] f) La actuación responsable de los proveedores de servicios financieros y sus agentes autorizados, en particular en lo que respecta a la concesión responsable de préstamos y la venta de productos que se ajusten a las necesidades y los medios del consumidor...” (art. 66).

La resolución también menciona que "el impacto de las variaciones de los precios, en todos los aspectos, en las economías familiares de los consumidores durante y después de la pandemia estará, sin dudas, atravesado por el sobreendeudamiento; y en este sentido las respuestas deberán construirse sobre pautas de equidad".

 

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"Se tiene en cuenta entonces el desfase entre las previsiones inflacionarias proyectadas por el gobierno al tiempo de lanzarse al mercado los créditos UVA y la evolución real que tuvieron en el país los índices de inflación", destacaron desde Hipotecados UVA.

También consideraron que "las deudas deben ser pagadas", pero señalaron que "ello no puede implicar que lo sea a cualquier costo". 

"Surge relevante el caso como el que nos ocupa, en que el Estado promocionó la contratación de los créditos UVA, con importante propaganda de beneficios, lo que se traduce ahora en una realidad distinta a la propugnada y a la actualidad económica, que en forma decisiva recae en la actividad de las entidades financieras", agregaron.

 

 

 

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