Información General | 28 nov 2023
La Justicia rechazó la excarcelación de Facundo y Claudio Albini
Seguirán presos por la causa “Chocolate” Rigau.
La Justicia rechazó la excarcelación del concejal de La Plata Facundo Albini y de su padre, Claudio Albini. Por esa razón seguirán presos en la causa de las tarjetas de empleados "prestanombres" de la Legislatura bonaerense, a los que supuestamente se les cobraba el sueldo sin realizar tares en ese organismo.
La medida fue ordenada por el juez Guillermo Atencio, en un proceso penal de alto impacto político en el que podría haber más implicados.
En la resolución que rechazó la excarcelación de los Albini, el magistrado señaló que “de las constancias de la investigación penal preparatoria surge que Claudio Gustavo Albini y Facundo Albini se encuentran detenidos por la presunta comisión de los delitos de Asociación Ilícita y Fraude en perjuicio de la administración pública reiterados - al menos 136 hechos”.
También afirmó: “La extensión del daño causado y las características de la conducta aquí investigada resultan pautas significativas para vislumbrar que, de recaer sentencia condenatoria, habrá de ser de cumplimiento efectivo”.
Por otra parte, advirtió sobre “la gravedad institucional que atraviesa el ilícito investigado, al tratarse de actos de corrupción en uno de los tres poderes del estado provincial; la cantidad de hechos perpetrados -al menos 136-; el alto monto dinerario defraudado al erario público - suma que hasta el momento asciende a los ochocientos millones de pesos- y la duración en el tiempo”.
Según el juez, los imputados cumplían roles centrales en de la asociación ilícita, "habida cuenta de que eran a quienes se les debía rendir cuentas de la recaudación; sus caracteres de funcionarios públicos; la posibilidad cierta de influencia entre coimputados - teniendo en cuenta la relación familiar que los une- y; la severidad de la pena en expectativa, en razón de la suma aritmética del máximo de la pena de los delitos investigados”.
Además, Atencio aseguró que “se encuentran debidamente acreditados la concurrencia de peligros procesales que impiden el otorgamiento del beneficio excarcelatorio, en línea con los parámetros establecidos por la Suprema Corte de Justicia bonaerense”.