viernes 29 de marzo de 2024 - Edición Nº -1941

Información General | 10 ene 2021

Pandemia

Todo lo que tenés que saber de las nuevas restricciones en La Plata

El Gobierno bonaerense incluye en las medidas multas millonarias.


Preocupa al gobernador Axel Kicillof el aumento de contagios y se vio obligado a tomar medidas más restrictivas en consenso con los intendentes. Es por eso que a partir de este lunes en La Plata empezarán a regir las nuevas restricciones de horarios y circulación.

Desde la cuenta oficial del municipio, el intendente Julio Garro informó que entre la 1 y las 6 horas se suspende la actividad comercial, artística, deportiva, cultural, social y recreativa.

Además, se permiten las reuniones sociales y familiares de hasta 10 personas en espacios cerrados y abiertos.


Los últimos datos en La Plata

El reporte de las últimas 24 horas de la situación epidemiológica de La Plata indicaba 24596 casos confirmados totales. De los cuales 20481 obtuvieron el alta médica y 3281 son casos activos. 834 personas fallecidas; 1210 casos en estudio y 35420 casos descartados.


La decisión de Kicillof

Durante el sábado el Gobierno bonaerense dio a conocer la nueva restricción a la nocturnidad establecida que incluye multas por más de 3 millones de pesos para quienes asistan y organicen fiestas clandestinas, así como también sanciones económicas para las para las personas que no utilicen tapabocas en la vía pública o comercios.

La prohibición de actividades entre la 01.00 y las 6.00 informada por la administración provincial hizo hincapié en las "fiestas y/o reuniones que vulneren lo permitido legalmente en el marco de las medidas de aislamiento social preventivo y obligatorio y de distanciamiento social preventivo y obligatorio".

Para esos casos, "podrán aplicarse multas de hasta tres millones trescientos sesenta y cuatro mil pesos ($3.364.000), tanto a los asistentes, organizadores como a los propietarios de los inmuebles donde se realicen", según informó el Gobierno bonaerense.

Además, la Provincia habilitó a las autoridades municipales a realizar "el control del cumplimiento de la obligación de utilizar tapabocas, previsto en el Decreto N° 255/2020" y la "aplicación de las multas correspondientes, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto-Ley N° 8841/77 y modificatorias".

El artículo establece multas de hasta "diez sueldos mínimos de la Administración Pública Provincial cuando se trate de infracciones que no involucren peligro o perjuicio para la seguridad, salubridad o higiene del personal y/o de la población".

La multa se eleva hasta 500 sueldos mínimos cuando se trate de infracciones que sí importan "un peligro o perjuicio para la seguridad, salubridad o higiene del personal y/o de la población".

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