sábado 11 de mayo de 2024 - Edición Nº -1984

Información General | 27 abr 2024

Por una resolución del Gobierno los seguros para vehículos no podrán incluir en sus pólizas ni remolque ni auxilio mecánico

La Superintendencia de Seguros de la Nación modificó el servicio que brindan las compañías aseguradoras.


La Superintendencia de Seguros de la Nación dictó la Resolución SSN 217.2024 que modifica el Reglamento de la Actividad Aseguradora.

La norma regula el servicio de remolque que tenían las compañías del sector en toda la Argentina. Con su aplicación, los seguros ya no podrán incluir en sus pólizas el servicio de remolque y auxilio mecánico a los usuarios. Solamente en casos de siniestro por daño, incendio, robo o hurto, los gastos de traslado y estadía serán cubiertos por el asegurador. 

Puntualmente, el texto oficial establece que ya no tendrá vigencia la cobertura que existía hasta ahora sobre “traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto”.

Ahora hay un plazo de hasta 90 días para implementar lo que establece la resolución, y una vez pasado ese período, los cambios se aplicará a cada usuario al finalizar el actual contrato de seguro, es decir, cuando tengan que renovar las pólizas.

 

 

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