domingo 27 de septiembre de 2026 - Edición Nº 29.188

Información General | 26 sept 2026

Polémica

Buenos Aires: el sistema previsional de abogados, bioquímicos y médicos, bajo debate

El reclamo predominante entre profesionales consultados, es la relación entre lo que aportan durante los años de actividad y el haber que finalmente preciben.


Las cajas previsionales de los profesionales bonaerenses están, en muchas ocasiones, en el centro de la polémica y los cuestiuonamientos de abogados, economistas, odontólogos, bioquímicos y médicos, entre otros. 

Para quienes ejercen de manera independiente los aportes son obligatorios y representan un costo mensual que, según el régimen de cada actividad, puede variar de acuerdo a la antigüedad, los ingresos, los honorarios o determinadas unidades de referencia.

El reclamo que aparece entre profesionales consultados por Info Blanco Sobre Negro tiene un punto en común: la relación entre lo que se aporta durante los años de actividad y el haber que finalmente se obtiene al momento de jubilarse, que en muchas ocasiones no es acorde.

Además, las cuotas que quedan impagas, en muchos casos no son notificadas y terminan convirtiendo a esa relación (caja / afiliado) en una pesadilla usuraria.

Qué son y cómo surgieron

En la provincia de Buenos Aires existen 12 cajas previsionales para profesionales, un sistema que fue construyéndose durante décadas. La primera experiencia de este tipo en el país surgió en territorio bonaerense: en 1943 se creó la Caja de Jubilación Notarial y cuatro años después apareció la Caja de Abogados y Procuradores. Con el tiempo se sumaron distintos sectores profesionales hasta conformar el esquema actual.

Las cajas son organismos de seguridad social creados por leyes provinciales y, en términos generales, funcionan como personas jurídicas de derecho público no estatal. Su objetivo es administrar regímenes previsionales específicos para los profesionales comprendidos en cada legislación.

Pero detrás de esa estructura institucional aparece una discusión cotidiana: cuánto paga cada profesional, qué parte de ese dinero termina formando parte de su futuro haber y cuánto recibirá efectivamente cuando llegue el momento de jubilarse.

En Ciencias Económicas, por ejemplo, el régimen está establecido por la Ley 12.724 y sus modificatorias, entre ellas la Ley 13.948. La Caja de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas se financia con un aporte mínimo mensual obligatorio y también con contribuciones vinculadas a determinados honorarios. La normativa contempla además un régimen de capitalización individual para los aportes excedentes.

Una profesional del sector consultada por Info Blanco Sobre Negro para esta nota y que pidió no ser nombrada, explicó que el aporte previsional es independiente de la matrícula profesional que deben abonar los matriculados al Consejo Profesional. Y remarcó que el valor del aporte previsional se actualiza periódicamente, además de ser establecido por el propio sistema profesional.

El esquema de Económicas tiene una particularidad: el haber no necesariamente es idéntico para todos los profesionales. La legislación contempla un componente básico derivado de los aportes mínimos y existe una contribución del 5% a cargo de los comitentes sobre determinados honorarios vinculados con trabajos que requieren autenticación de firma. 

El funcionamiento es diferente en el caso de los odontólogos. La Ley 8.119 establece la afiliación y contribución obligatorias para los profesionales matriculados en la provincia y fija un esquema de aportes mensuales mediante módulos, cuya cantidad varía de acuerdo con los años de ejercicio profesional.

La normativa establece, por ejemplo, una cantidad menor de módulos para los primeros años de ejercicio, un incremento progresivo y luego una reducción a medida que aumenta la antigüedad profesional. También contempla aportes vinculados a las obras sociales con las que trabajan los profesionales. 

Josefina, una odontóloga consultada, explicó que uno de los cuestionamientos que aparecen entre sus colegas tiene que ver con el bajo haber jubilatorio. Según describió, existe un sector de profesionales que considera que la cantidad de trabajo realizado durante la vida activa no queda suficientemente reflejada en el beneficio previsional y que por ese motivo impulsa modificaciones al régimen.

En el caso de los abogados, la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires tiene su origen en la Ley 6.716 y también establece aportes obligatorios para quienes ejercen la profesión basados en cálculos actuariales. El aporte se compone del 10 por ciento de los honorarios que recauda el profesional y otro 10 por ciento que paga el cliente.

No todos pagan el mismo aporte, el monto dependerá de lo que cada abogado gane económicamente. Además, en el caso de matricularse dentro de los 5 años posteriores a recibirse se paga un valor menor, hasta los 35 años. A su vez, hay estamentos de ingreso voluntario por el cual se puede pagar menos. 

Según un profesional que formó parte de la gestión de la Caja de Previsión de los abogados de la Provincia, la jubilación ordinaria ronda el millón de pesos, con un máximo de 3 millones. A su vez, no es incompatible 

Es decir, un abogado puede alcanzar durante el año el mínimo requerido a través de distintos pagos vinculados con su actividad; y si no llega al total establecido, debe completar la diferencia.

"De todos modos, parece que aportan mucho pero comparado con los autónomos el monto es menor", señaló, y agregó que "el que trabaja y vive de la profesión lo puede pagar". 

No obstante, otro abogado consultado para esta nota describió un fuerte malestar entre sus colegas respecto del funcionamiento de la Caja. La crítica, según explicó, no pasa solamente por la existencia de un régimen previsional obligatorio sino por la relación entre el dinero que los profesionales deben destinar al sistema y el beneficio que reciben después de décadas de ejercicio.

El caso de los bioquímicos

En el caso de los bioquímicos, la estructura vuelve a cambiar. La Caja de Previsión Social para Bioquímicos fue creada por el Decreto-Ley 10.086 de 1983 y establece aportes obligatorios para los profesionales matriculados, aunque contempla determinadas situaciones de exención.

El sistema utiliza como referencia las denominadas Unidades Bioquímicas Caja (UBC). La legislación establece diferentes cantidades de unidades según la edad del afiliado: 30 UBC hasta los 29 años, 50 entre los 30 y los 34, 65 entre los 35 y los 44 y 75 a partir de los 45 años. También existe un componente vinculado con la facturación bruta de determinados aranceles profesionales.

La normativa vigente establece distintas modalidades de jubilación para esos profesionales: la ordinaria, la básica y la subsidiaria, además de prestaciones por incapacidad y pensiones. Para acceder a la jubilación ordinaria se requieren, como regla general, 65 años de edad y 30 años completos de aportes.

Un bioquímico consultado para esta nota señaló que "es una superestructura que te descuenta de la facturación directamente" y "a pesar de todo lo que te cobran la jubilación es pésima". En octubre, según información a la que accedió este medio, superará el millón. 

¿Qué pasa con los médicos?

Entre los médicos la discusión tiene otra dimensión. La Caja de Previsión y Seguro Médico de la Provincia de Buenos Aires está regulada actualmente por la Ley 12.207. La afiliación y los aportes son obligatorios para los médicos matriculados y en ejercicio en territorio bonaerense.

En este caso, los aportes y las prestaciones están expresados en una unidad denominada Galeno. La propia Caja informó que el valor del Galeno previsional es determinado por la Asamblea de Representantes y que el sistema se estructura sobre los principios de solidaridad y equidad profesional.

La legislación establece, además, que para la jubilación ordinaria se requieren 35 años computables de ejercicio profesional y 65 años de edad, junto con el cumplimiento de los aportes correspondientes. Para quienes cumplen las condiciones legales, el haber no puede ser inferior a 330 Galenos mensuales.

Una médica consultada para esta nota, de nombre Laura, sostuvo que existe entre sus colegas un fuerte cuestionamiento sobre la relación entre los años de aportes y el resultado final de la jubilación.

Según su visión, muchos profesionales consideran que el esfuerzo económico realizado durante décadas no se traduce en un haber que marque una diferencia suficientemente importante respecto de otros ingresos previsionales.

La Caja de Médicos, además, quedó involucrada durante los últimos años en una controversia por las inversiones realizadas con fondos del organismo y, particularmente, por la construcción del Hotel Grand Brizo de La Plata.

En 2021, la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de La Plata ordenó a la Caja entregar documentación vinculada con las inversiones y con la construcción del hotel, a partir de un reclamo impulsado por la agrupación "Luchemos por una Caja Justa".

El conflicto tuvo nuevos capítulos durante 2024, cuando la agrupación realizó una presentación judicial denunciando presuntos desvíos de fondos vinculados con contratos de auditoría de obra del hotel.

Sin embargo, en abril de 2026 la UFI N°5 de La Plata resolvió archivar la denuncia penal relacionada con la construcción del Grand Brizo. La propia Caja informó que la Justicia había desestimado la denuncia luego de analizar la documentación presentada por el organismo.

Así, detrás de los distintos sistemas aparece una discusión común: las cajas fueron creadas para que los profesionales independientes contaran con un régimen previsional propio y obligatorio, separado del sistema general, pero si bien las condiciones de aportes y beneficios son muy diferentes entre una profesión y otra, la mayoría de los profesionales tiene algo en común: se aporta mucho y se recibe poco. 

Más Noticias

NEWSLETTER

Suscríbase a nuestro boletín de noticias